El Parlament de Catalunya ha recibido esta semana una sentencia del Tribunal Constitucional de finales de mayo que tumba y declara nulos los acuerdos adoptados por la Mesa de la cámara el 26 de noviembre de 2019, que admitían a trámite unas enmiendas presentadas por Junts per Catalunya, Esquerra Republicana y la CUP a la propuesta de resolución de respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo sobre los hechos del 1 de octubre. Esta propuesta de los tres partidos independentistas cargaba contra la sentencia a los presos políticos y denunciaba, entre otros, la "censura que el TC pretende imponer al Parlament" para impedir debates sobre el derecho a la autodeterminación o la monarquía. Aunque la sentencia del Tribunal Constitucional considera que se vulneró el derecho a ejercer las "funciones representativas" de los diputados de Cs, el magistrado Ramón Sáez discrepa y ha hecho un voto particular donde se muestra muy crítico con la estimación del recurso de amparo: "La inadmisión y la imposibilidad del debate supone una injerencia a la potestad parlamentaria y a la libertad de deliberación de las asambleas y de los diputados, de difícil compatibilidad con el principio democrático que exige un amplio espacio para el intercambio de ideas y opiniones".

En paralelo, Sáez asevera que la decisión adoptada por el alto tribunal da pie a una doctrina que "amplía el contenido del derecho fundamental en el ejercicio de la función representativa de estos diputados —los de Cs— y, como consecuencia necesaria, sacrifica el derecho de los parlamentarios proponentes a presentar y defender iniciativas en ejercicio de la representación que ostentan, con lesión, aquí sí, del derecho a la participación política de los ciudadanos a quien representan". Según su opinión, pues, se acaba vulnerando los derechos de los diputados de Junts, ERC y la CUP con esta sentencia "sin justificar la restricción de un derecho fundamental esencial de la función representativa parlamentaria". Con respecto a la admisión a trámite de las enmiendas que critican la "censura" del TC a determinados debates, el magistrado progresista entiende que "no afecta al estatuto representativo de los diputados demandantes, que solo se ven obligados a ejercer su cargo interviniendo en el debate". "La admisión de las enmiendas no limita ni impide ni perturba el ejercicio del derecho fundamental" referente a la representación y a la participación política, señala.

 

"Nuestras decisiones expulsan del debate parlamentario temas trascendentes de la política"

En el texto de su voto particular, Ramón Sáez lamenta que las decisiones adoptadas por el Tribunal Constitucional "expulsan del debate parlamentario temas trascendentes de la política que configuran el interés general", tales como la monarquía, la crítica al rey Felipe VI o el derecho a decidir. "Ahora también resulta orillada la crítica a algunas resoluciones del TC", critica. Desde el punto de vista del magistrado, "así se devalúa el papel de las asambleas parlamentarias como 'sede natural del debate político', uno de los fundamentos del sistema democrático parlamentario, que exige que el debate sea absolutamente libre en su contenido", haciendo alusión a un auto del mismo TC, que tumbaba el recurso del gobierno central contra el llamado 'Plan Ibarretxe'.

El magistrado Sáez, de hecho, a menudo ha hecho votos particulares contra sentencias del Tribunal Constitucional que afectan al independentismo. Uno de sus pronunciamientos más destacados fue el que hizo contra la sentencia del juez Marchena a los líderes del procés: "Los hechos probados están llenos de valoraciones y opiniones". Entre otros, también mencionaba que no se aclaraba qué es el delito de sedición. También se posicionó en contra de la decisión del TC de tumbar el recurso de amparo del expresident Quim Torra contra la decisión de retirarle el acta de diputado, apuntando que se le vulneró el derecho a tener a un juez imparcial en su juicio por desobediencia y que se le retiró el escaño cuando la actuación que se juzgó la hizo en calidad de president de la Generalitat.