Descartado. El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), Jesús María Barrientos, y el magistrado Carlos Ramos han rechazado apartarse del tribunal que (con el magistrado Fernando Lacaba) juzgará a los excargos de Vicepresidencia y Economía Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natalia Garriga, actual consellera de Cultura, por haber organizado el 1-O, tal como les reclamaba ERC. En un informe conjunto, adelantado por El Món y al cual ha tenido acceso ElNacional.cat, los dos magistrados afirman que no se cumple el supuesto alegado de que ya han intervenido en la instrucción o resolución de causas que les afectan (art. 219.11 de la ley orgánica del Poder Judicial), haciendo referencia a los juicios contra la Mesa del Parlament de Carme Forcadell, que el Supremo hizo repetir; a la Mesa de Roger Torrent, que fueron apartados por la sala 77 del TSJC, y el juicio a la exconsellera Meritxell Serret por desobediencia en el Tribunal Constitucional (TC), del cual los dos jueces se apartaron.

Los dos magistrados exponen que la defensa de Josep Maria Jové, actual diputado de ERC, ya planteó la recusación de los dos con el mismo argumento, y que la sala 77 del TSJC la rechazó en noviembre de 2021, y por eso ahora les pedía su abstención, como última opción, y cuando todo está a punto para la celebración del juicio. La defensa de Garriga, y Vox de forma sorprendente, se adhirieron para que los jueces Barrientos y Ramos se aparten del tribunal, mientras que la Abogacía del Estado y la Fiscalía lo han rechazado. La Fiscalía pide 7 años de prisión para Jové y 6 años, para Salvadó, por los delitos de malversación agravada, prevaricación y desobediencia por el 1-O; mientras que para Garriga, solo inhabilitación a cargo público por desobediencia.

"Imposible" encontrar a un juez

Los magistrados Barrientos y Ramos exponen que la defensa de Jové afirma que su supuesta contaminación es que han analizado actuaciones de desobediencia al Tribunal Constitucional (TC) relacionadas con el procés. Los jueces, pero, niegan esta vinculación porque aseguran que los hechos por los cuales se acusa Jové y Salvadó no tienen ninguna relación directa y que no cuestionan que fueron advertidos por el TC (todo y que sí su vinculación), y solo lo plantea Garriga, pero esta no pidió que los dos magistrados se apartaran del tribunal juzgador. Con todo, sostienen que "a estas alturas resultaría imposible encontrar un magistrado o magistrada de la sala de lo civil y penal y en su sección de apelación que no haya tenido ocasión de pronunciarse sobre la naturaleza y vinculación de estas mismas resoluciones u otras resoluciones del Tribunal Constitucional, ya que todos ellos (menos la presidenta de la sección de apelación) han participado ya en otros tribunales de juicio en que los postulados acusatorios se proyectaban sobre conductas aparentemente contraventoras de estas mismas u otras resoluciones del TC".

Los dos jueces del TSJC insisten en que hay "una clara separación y absoluta desconexión entre las conductas atribuidas a cada uno de los acusados y las que motivaron las acusaciones en las otras tres causas", donde acabaron apartados: el juicio a las dos mesas del Parlament y a la consellera Serret. E insisten en que "la garantía de imparcialidad judicial es que el juez y tribunal no haya emitido con anterioridad pronunciamientos que anticipen la culpabilidad de cualquiera de los acusados por las concretas conductas que les atribuyan las acusaciones".

En su razonamiento incluyen resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y alertan: "Hace falta recordar la doctrina constitucional sobre la imparcialidad objetiva y la necesidad de su ponderación focalizada en cada caso concreto, e insistir en el hecho de que la exigencia de imparcialidad objetiva despliega su eficacia sobre el específico objeto del proceso. Desconocer o relajar los contornos que definen el campo de juego de la imparcialidad judicial supone introducir riesgos inaceptables de vulneración de otra garantía procesal, no menos democrática, que tiene que asegurar que el juicio se realice por el juez o tribunal predeterminado legalmente".

Las pruebas pendientes

Ahora, el tribunal del TSJC tiene que resolver las pruebas que acepta para celebrar el juicio y poner la fecha del juicio. La defensa de Jové, que ahora ejerce Ramon Setó, pidió una ampliación de las pruebas con el fin de evidenciar que la investigación de la Guardia Civil fue prospectiva, y, por lo tanto, ilegal.