El inédito caso del diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez se complica. El Tribunal Supremo se ha dirigido este miércoles a la presidenta del Congreso español, Meritxell Batet, para pedirle un informe sobre la fecha de inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especia impuesta este mes de octubre a Rodríguez. El presidente de la sala segunda del Supremo, Manuel Marchena, ha enviado esta solicitud después de que la Mesa del Congreso haya decidido no retirar el acta de diputado a Rodríguez a pesar de la condena impuesta por el Supremo por una agresión a un policía en el 2014. Con este gesto, Marchena se involucra en un caso sin precedentes, donde todavía se tiene que aclarar si el diputado puede siguiendo ejerciendo de diputado o no. La clave, según los letrados del Congreso, reside en la sustitución de la condena de prisión del diputado por una multa.

"Suficiente claridad"

El juez Marchena ha remitido este escrito al Congreso con la finalidad de hacer efectiva "la práctica de la correspondiente liquidación de condena". El Supremo, con una sala dividida, condenó finalmente al diputado Alberto Rodríguez para ser el autor de un delito de atentado contra agentes de la autoridad, con la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de un mes y quince días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. Pero, crucialmente, Rodríguez acordó la sustitución de la pena de prisión por una de multa de 90 días con una cuota diaria de 6 euros.

Este lunes, sin embargo, los letrados del Congreso de los Diputados consideraron que Rodríguez podría permanecer en su escaño a pesar de la sentencia, precisamente por la sustitución de la condena. En respuesta a eso, el Supremo consideró que la "reinterpretación" de la sentencia por parte de los servicios de jurídicos del Congreso está equivocada. El diputado abonó la multa de 540 euros debidamente, y envió un recurso de aclaración de condena al tribunal. El Supremo rechazó la petición porque, según su opinión, la resolución ya exponía la pena "con suficiente claridad", y que la accesoria de inhabilitación para sufragio pasivo se mantenía tal como aparece en la sentencia: "no se aprecia el error material que se alega," replicó el Supremo a Rodríguez.

Los hechos

Los hechos por los cuales Rodríguez ha sido condenado se remontan al año 2014, cuando el diputado participó en una protesta en La Laguna contra la ley Wert. No fue hasta tres meses después de que supo que estaba siendo investigado por haber clavado una patada a un agente de la policía. Rodríguez fue absuelto de un delito leve de lesiones, a consecuencia de la despenalización de las faltas en el 2015, aunque tuvo que pagar una indemnización de responsabilidad civil al agente del Cuerpo Nacional de Policía al cual, según los hechos probados, le dio una patada en una manifestación en el 2014 en La Laguna (Tenerife).

 

Foto principal: el diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez / Europa Press