El presidente de Òmnium Cultural, Xavier Antich, ha celebrado que la sala de lo penal de la Audiencia Nacional haya declarado inválidas las diligencias instadas por el juez Manuel García-Castellón desde hace tres años contra Tsunami Democràtic y ha exigido públicamente el archivo "inmediato" del caso. "Todavía más irregularidades sumadas a un relato delirante para construir una causa contra el independentismo y nuestro legítimo derecho de protesta", ha denunciado Antich en un tuit en su perfil de X. En el mismo mensaje, el presidente de la entidad de la sociedad civil que vela por la cultura catalana ha señalado que la causa contra Tsunami Democràtic no tiene recorrido más allá del estado español. En su opinión, "solo se aguanta sobre la sacrosanta unidad de España".

Las imputaciones de Puigdemont y Alay, en el aire

En la resolución publicada este lunes, la sala de lo penal ha comunicado la decisión de los magistrados de limitar la investigación del caso hasta el 29 de julio de 2021, un dictamen que deja en el aire la imputación por terrorismo del president en el exilio, Carles Puigdemont, porque fecha del noviembre pasado y, por lo tanto, quedaría excluida de la investigación que lleva García-Castellón. El abogado Gonzalo Boye también denunció esta irregularidad en nombre del director de la oficina de Puigdemont, Josep Lluís Alay, pero el tribunal no ha aceptado que se decrete el archivo de la causa contra él porque asegura que el caso no se puede acoger a la resolución, pues Alay era investigado de antes. Hace tiempo que buena parte de las defensas de los 12 investigados por el caso Tsunami denuncian esta irregularidad argumentando que hasta el 29 de julio de 2021 la investigación contra ellos era por desórdenes públicos y no terrorismo.

Una prórroga "ilegal"

En la resolución, la sala de lo penal da la razón a la abogada Marina Roig, la defensa de Marta Molina. Como el titular del juzgado central de instrucción número 6 de la Audiencia Nacional dictó la prórroga de la investigación el 30 de julio de 2021 y se tardó 24 horas en hacerlo, se considera "ilegal" lo que se ordenó posteriormente. "La proximidad temporal de expiración de plazo y la prórroga no indica continuidad en la instrucción, sino precisamente lo contrario: la solución de esta continuidad", justifica el tribunal.