Òmnium Cultural se ha opuesto a la amnistía del policía que hirió a Enric Sirvent, el hombre que sufrió un ataque cardiaco el 1-O. Como acusación popular, la entidad ha presentado este miércoles ante la Audiencia de Lleida las alegaciones pertinentes para oponerse a la aplicación de la ley del olvido al policía español acusado. "No estamos hablando de una actuación superficial de la policía, sino que Sirvent fue agredido y sufrió una muerte repentina, aunque se le pudo reanimar", ha recordado el abogado Carles López, que ha defendido que el caso tiene un "elemento diferenciador" y "más grave" para que no se aplique la amnistía —como sí que ha hecho un juzgado de Barcelona con 46 policías españoles.
López ha precisado que "la ley excluye los supuestos en los cuales se ha vulnerado el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, referentes a los casos en los cuales se puede considerar que la policía torturó o tuvo un trato inhumano o degradante". En este sentido, ha considerado que la actuación policial "rebasó su propósito y fue abusiva, agresiva y excesiva contra personas que no estaban cometiendo ningún delito". Además, ha añadido que las actuaciones policiales que pueden ser objeto de la amnistía son "las hechas con el propósito de evitar la comisión de un delito y la participación de los ciudadanos en el referéndum no lo fue en absoluto". "Entendemos que la ley no puede dar cobertura a este hecho", ha dicho.
De la acusación popular a la acusación particular
El agente está acusado de un delito de lesiones con agravante de motivación ideológica y de prevalencia del carácter público, por el cual la acusación popular y la particular le piden 3 años de prisión. "Son hechos que tienen que ser enjuiciados y entonces ser valorados si realmente pueden ser amnistiados porque en este momento tal como están planteados no lo son", ha concluido el abogado.
La acusación particular, ejercida por la abogada Anna Lauradó en representación de la familia de Sirvent, ha presentado el escrito ante la Audiencia de Lleida para oponerse también a la aplicación de la amnistía al policía. Llauradó ha considerado que la actuación policial aquel día "no tiene encaje" en los supuestos que contempla la amnistía. Concretamente, ha argumentado que la conducta del policía no obedeció los propósitos que tenía el cuerpo para aquel día y superó el umbral mínimo de gravedad exigido para que se le aplique la amnistía. "Esgrimimos también el agravante de que se actuó por motivación ideológica, ya que, según la documentación del caso, profirió expresiones como puta Catalunya, entre otros", ha añadido. Con todo, la abogada ha considerado que la resolución del juzgado de Barcelona que amnistía a 46 policías no tendría que influir en el caso.