Esta semana, la Mesa del Parlament ha admitido a trámite una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) con una proposición de ley para declarar la independencia de Catalunya. La propuesta, registrada por Solidaritat Catalana per la Independència, insta a dar el paso cuando "se apruebe la ley, sea negociado con la comunidad internacional la forma y el momento de la declaración de independencia y se declare por una mayoría de diputados en sesión solemne del Parlament convocada a tal efecto". El martes, en una reunión de la Mesa, la ILP se admitió a trámite con los votos favorables de Junts y la CUP, la abstención de Esquerra Republicana y el voto en contra del PSC. Aunque los socialistas, Vox, Ciutadans y el PP presentaron peticiones de reconsideración a esta decisión, se descartó dar un paso atrás en una nueva reunión del órgano rector de la cámara el jueves con el aval de los juntaires, republicanos y cupaires. A su vez, el partido de extrema derecha y los naranjas ya han anunciado que emprenderán acciones legales contra la Mesa, pero la admisión a trámite de esta iniciativa supone iniciar un largo recorrido que, entre otros, incluye la recogida de un mínimo de 50.000 firmas en un plazo de 120 días hábiles.
Esta vía, la Iniciativa Legislativa Popular, permite a los ciudadanos de 16 años o más (domiciliados en algún municipio de Catalunya y que no tengan privados los derechos políticos) que puedan promover una propuesta legislativa sobre materias en las cuales la Generalitat tiene reconocida la competencia y el Parlament pueda legislar, de acuerdo con la Constitución española y el Estatut. La ILP de proposición de ley de declaración de independencia de Catalunya no es la única que ha llegado al Parlament a lo largo de las diversas legislaturas. De hecho, ha habido un mínimo de cuatro que han perseguido un objetivo similar. Ahora bien, ninguna de ellas llegó a superar la admisión a trámite que tiene que determinar la Mesa de la cámara. De esta manera, la que más ha 'avanzado' de todas ellas es la actual, que entró en el registro general de la cámara el pasado 2 de febrero. ¿Qué pasó en los anteriores casos?
Las tres iniciativas legislativas populares sobre la independencia rechazadas en el 2008, 2019 y 2022
Uno de los antecedentes de una ILP que haga referencia a la independencia se remonta a 16 años atrás. El 13 de marzo de 2008, la Mesa del Parlament no admitía a trámite una proposición de ley, entrada por esta vía que puede articular la ciudadanía, reguladora de la soberanía nacional. El texto, que habían presentado el 4 del mismo mes Roger Granados, Miquel Àngel Gràcia, David Vinyals, Joan Vives y Víctor Terradellas, señalaba que "Catalunya es una nación" y que los "titulares de la soberanía nacional" son "sus ciudadanos", de manera que les corresponde el "derecho a ejercerla cuanto mejor les parezca en cada momento". Los proponentes también mencionaban que el proyecto de Estatut que había aprobado el Parlament en septiembre de 2005 definía a Catalunya como "nación" y hacía numerosas alusiones a los "derechos nacionales".
Dos días antes de la votación de la Mesa, el entonces president de la cámara catalana, Ernest Benach (ERC), y el letrado Xavier Muro se reunieron con la comisión promotora. Su tramitación no salió adelante por los votos en contra de Esquerra (Benach), PSC (Higini Clotas y Lidia Santos) y el PP (Rafa Luna). Solo hubo dos votos favorables correspondientes a dos diputados de CiU, Ramón Camp y Toni Castellà. La decisión se justificó por el hecho de que los letrados desaconsejaban su admisión a trámite por incluir cuestiones sobre las cuales la Generalitat no tenía "competencia". La ley de la iniciativa legislativa popular explica en el artículo 1 que no es objeto de este mecanismo las "materias que el Estatut reserva a la iniciativa legislativa exclusiva de los diputados, los grupos parlamentarios o el Govern, de los presupuestos de la Generalitat y de las materias tributarias". A lo largo de los años siguientes, también se presentaron otras ILP por el derecho a la autodeterminación de Catalunya y la celebración de un referéndum, pero sin apuntalar la independencia.
Lo que fue un cambio de paradigma fue la votación de la declaración de independencia en el Parlament del 27 de octubre de 2017. Desde entonces, se han registrado tres iniciativas legislativas populares que defienden y propugnan la vía unilateral. La primera de ellas aterrizó en la cámara catalana el 13 de junio de 2019 y fue promovida por Unitat per la Independència, que se define como "think tank" con voluntad de "incidir" en la política catalana. Concretamente, esta ILP solicitaba levantar la suspensión de la declaración de independencia del 10 de octubre de 2017 e instaba a los partidos a "hacer efectiva la constitución de la República Catalana como estado independiente". Para Unitat per la Independència, el 1-O fue "vinculante" y el Parlament y el Govern tenían "la obligación de aplicar los resultados". De nuevo, la Mesa del Parlament no la admitió a trámite. Junts per Catalunya votó a favor (con Josep Costa y Eusebi Campdepadrós como representantes), Esquerra Republicana se abstuvo (Roger Torrent y Adriana Delgado) y Ciutadans y el PSC votaron en contra (Joan Garcia, Laura Vílchez y David Pérez). Los republicanos argumentaron entonces que esta ILP incumplía la ley porque las propuestas se tenían que enmarcar en el ámbito competencial del Estatut, y recordaban los precedentes del 2008.
Tres años después —en específico, el 26 de mayo de 2022—, seis mujeres (Gemma Masferrer, Mònica Gómez, Maria Isabel Muntané, Raquel Santiago, Núria Torras y Mercè Zamora) entraron en el registro del Parlament una nueva Iniciativa Legislativa Popular con una proposición de ley de levantamiento de la suspensión de la declaración de independencia de la República Catalana del 27 de octubre. El texto planteaba que "las decisiones que afectan a nuestro territorio tienen que ser tomadas única y exclusivamente por el Parlament de Catalunya". "Por este motivo, y considerando que la declaración de independencia aprobada por este Parlament es vigente hasta hoy, ya que ningún órgano constitucional competente ha derogado la validez, exigimos el levantamiento de la suspensión de la declaración de independencia de la República Catalana, a fin de que este Parlament pueda ejercer sus funciones en su pleno derecho". Una reunión de la Mesa de la cámara del 13 de septiembre de 2022 invalidaba, de nuevo, una ILP relativa a la independencia. El empate a dos entre los votos en contra y los favorables hacía decaer la propuesta. El 'sí' lo dieron Aurora Madaula (Junts) y Carles Riera (CUP), Alba Vergés y Ruben Wagensberg se abstuvieron (ERC) y Assumpta Escarp y Ferran Pedret (PSC) votaron en contra. En este caso, faltaba el voto de Laura Borràs, que entonces ya estaba suspendida como presidenta del Parlament.
Un recorrido de meses para la ILP sobre la independencia admitida
Con la admisión a trámite de la Iniciativa Legislativa Popular presentada por Solidaritat Catalana per la Independència, esta es la que —de todas las anteriores— habrá dado más pasos. El secretario de la comisión de control de la ILP, Xavier Muro, hizo un informe (de carácter consultivo) en el que considera que no se tendría que admitir a trámite esta proposición por "no ceñirse al ámbito estricto de las competencias de la Generalitat" y por tener como objeto unos planteamientos que "suponen una modificación sustancial de la forma de estado y de gobierno establecida y definida en la Constitución, además de repercutir en la definición del sujeto de la soberanía". Muro recordaba las inadmisiones de iniciativas que tenían un "objeto y propósito manifiesto que coincide" con esta. Tras ser admitida a trámite, la ley obliga a la Mesa a notificarlo a la comisión promotora —formada por Francesc Fíguls, David Folch y Lluís Tenas, de Solidaritat— y a la Junta Electoral.
A partir de aquí, la comisión promotora tiene que presentar a la Junta Electoral los pliegos necesarios para poder recoger un mínimo de 50.000 firmas. Esta documentación tiene que incluir el texto íntegro de la proposición de ley, unido con hojas destinadas a recoger firmas. El órgano electoral se tiene que ocupar de sellar y numerar las hojas y devolver los pliegos a la comisión promotora en un plazo de dos días hábiles. Es entonces cuando los promotores pueden empezar a recoger las firmas. Para hacerlo, disponen de un plazo de 120 días hábiles, que empiezan a contar a partir del día en que la Junta Electoral les devuelve los pliegos. Incluso pueden contar con una prórroga de 60 días hábiles si concurren "causas debidamente justificadas" que autorice la Mesa. La entrega de las firmas se tiene que producir en los siete días hábiles posteriores a la finalización del plazo de recogida de estas. Además, tienen que estar debidamente autenticadas, tarea que tiene que hacer un notario, un secretario judicial o un secretario de un Ayuntamiento. La comisión puede designar, además, fedatarios especiales para que las verifiquen. Estas firmas solo las pueden hacer las personas inscritas en el censo electoral o en el padrón municipal.
Una vez entregados los pliegos rellenados, la Junta Electoral tiene que comprobar las firmas y hacer el recuento en un acto público. Si las que son válidas son iguales o superiores a 50.000, este órgano tiene que comunicar a la Mesa en un plazo de 15 días hábiles que la ILP ha superado las firmas requeridas. Todo también lo analiza la comisión de control de la ILP en el Parlament, formada por tres magistrados del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, tres catedráticos de derecho constitucional o de ciencia política y tres juristas de prestigio reconocido. Validadas las firmas, el debate de totalidad en el Parlament se tiene que celebrar en un plazo máximo de cuatro meses desde el día siguiente de la comunicación de la Junta Electoral en la Mesa. De esta manera, este es un proceso que puede alargarse más de medio año y, si superara el debate de totalidad, todavía quedarían más meses de tramitación parlamentaria.