El president de la Generalitat, Pere Aragonès (ERC), ha presentado en el juzgado de guardia de Barcelona su querella contra la entonces directora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Paz Esteban, y contra la mercantil NSO Group, propietaria del software Pegasus por haberlo hecho espiar cuándo era vicepresidente de la Generalitat y conseller de Economía y Hacienda, en enero de 2020, y en momentos clave en el ámbito de la política española, con las negociaciones con el PSOE para dar la presidencia a Pedro Sánchez. En la querella, difundida este miércoles, Aragonès también asegura que "con una alta probabilidad" ampliará la querella "por el delito de prevaricación judicial" contra el juez de control del CNI si se confirma que autorizó intervenir su móvil, tal como transcendió. "No puede existir ninguna justificación para la utilización de un software de monitorización absoluta del querellante", afirma el abogado del presidente, el penalista Andreu Van den Eynde. El magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Lucas Murillo, y su suplente, Andrés Martínez-Arrieta, habrían firmado las resoluciones para que el CNI violara la intimidad de 18 personas en Cataluña, según se hizo público.
En la querella, de 28 páginas, se estructuran los antecedentes, con la primera querella presentada en octubre de 2020 por el expresidente del Parlament y conseller de Empresa, Roger Torrent, y el exdiputado republicano Ernest Maragall, que recayó en el juzgado de instrucción 32 de Barcelona, el cual recientemente ha decretado el archivo a la espera de información de Israel sobre la empresa NSO. El magistrado también ha rechazado asumir las querellas por el Catalan Gate, presentadas por Òmnium, la CUP, la ANC y tres afectados más de Esquerra. Y por eso, el presidente Aragonès ya no se dirige al juzgado de instrucción 32, sino al decanato para que reparta su querella. Por ahora hay cuatro juzgados de Barcelona que tienen sobre la mesa las querellas, pero todavía no se ha hecho un impulso decidido.
Investigaciones por razones políticas
En la querella, el abogado Andreu Van den Eynde afirma que "una eventual autorización no tendría ningún efecto justificativo en las conductas investigadas porque la ley no permite investigar ciudadanos por razones políticas y el querellante no puede encajar en ningún supuesto que legitime una monitorización o espionaje legal", refiriéndose el presidente Aragonès. Por eso, pide que Paz Esteban, exdirectora del CNI, declare como investigada de un delito de revelación de secretos, así como un responsable de la mercantil NSO Group, de nacionalidad israelí, y OSY Tecnologías S.A.R.L ,de nacionalidad luxemburguesa, y de la cual se afirma sería propietaria en un 100% de las empresas NSO Group.
La investigación hecha por Citizen Lab, de la Universidad de Toronto, indica que Aragonès fue infectado en varios días del año 2020. En este sentido, el abogado insiste en que las infecciones "atentan evidentemente contra los derechos individuales del querellante, sin embargo, al mismo tiempo, tienen una proyección que se extiende a los derechos vinculados al ejercicio de sus responsabilidades políticas y representativas", y recuerda que Aragonès es el presidente de la Generalitat, desde el 24 de mayo de 2021 (de forma interina desde el 28 de septiembre de 2020) y -añade- "no se puede descartar que se hayan producido espionajes a partir de la asunción de este mandato de alta representación institucional".
Las víctimas y las pruebas
El abogado insiste en que es obligación del juez investigar los hechos delictivos denunciados: "La instrucción penal es la que tiene que descubrir los hechos y no puede trasladarse a las víctimas la responsabilidad de aportar al juzgado pruebas que solamente están al alcance del poder judicial a través de sus facultades de investigación, sobre todo cuando hay materias complejas que implican acudir a secretos oficiales o practicar diligencias de mayor o mayor injerencia en derechos fundamentales." Por eso, se pide que el CNI aclare en el juzgado la investigación hecha a Aragonés, tal como se admitió en la comisión de secretos reservados del Congreso, que se hizo pública, y donde se afirmaba que se había seguido a dieciocho personas en Cataluña.
Competencia española
Finalmente, Andreu Van den Eynde defiende que la competencia para investigar los hechos es de la jurisdicción española, respondiendo al fiscal de delitos económicos y al juez que tiene la querella de Òmnium, que aseguran que no pueden investigar NSO por falta de jurisdicción. "Para determinar si los hechos se han cometido en territorio español, se tiene que atender a la teoría de la ubicuidad, tal como se proclamó en acuerdo del pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo de 3 de febrero de 2005: el delito se comete en todas las jurisdicciones donde se haya realizado algún elemento del tipo penal", afirma el abogado de Aragonès y concluye: "El criterio resulta evidente para evitar la impunidad de los delitos cometidos por internet o a través de las nuevas tecnologías. La víctima no tiene que tener el coste de acudir al extranjero para defender sus intereses y derechos por hechos delictivos que aprovechan la transnacionalitat típica de internet."