Las juntas de tratamiento de las prisiones de Lledoners y Puig de les Basses acaban de dar el permiso a Joaquim Forn para ir a trabajar y a Dolors Bassa para cuidar de su madre, de edad avanzada.
Según ha informado la Conselleria de Justícia, en el caso de Forn, la junta de tratamiento de la prisión de Lledoners (Bages) ha acordado permitir que salga cinco días a la semana, de lunes a viernes, doce horas y media cada jornada, para ir a trabajar. Por su parte, la junta de tratamiento de Puig de les Basses (Alt Empordà), permitirá que Bassa salga de la prisión tres días a la semana, ocho horas cada jornada, para ir a cuidar a un familiar de edad avanzada.
De esta manera, Forn y Bassa son los primeros consellers condenados por el procés a los cuales se aplica el artículo 100.2 del reglamento penitenciario para que puedan salir de la prisión para trabajar o ejercer de voluntariado, medida que ya se ha aprobado también en las últimas semanas para Jordi Sànchez y Jordi Cuixart y ayer mismo para Carme Forcadell.
Forn está condenado a 10 años de prisión por un delito de sedición y está en la prisión desde el 2 de noviembre del 2017. Después de conocer antes de Navidad que estaría en un régimen de segundo grado, su abogado empezó a preparar la documentación para acreditar el nuevo puesto de trabajo de Forn que le permite salir del centro penitenciario para ir a trabajar y sólo regresar para ir a dormir. La decisión de la junta de tratamiento sobre Forn y su salida coincide con el juicio al major de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, que se está haciendo estos días en la Audiencia Nacional.
Bassa está condenada a 12 años de prisión y 12 años de inhabilitación absoluta, después de que el Tribunal Supremo la considerara culpable de un delito de sedición y uno de malversación.
La aplicación del artículo 100.2 no excluye los permisos del fin de semana que, cuando llegue el momento con un cuarto de la pena cumplida pueden empezar a pedirlos.
El artículo 100.2
El segundo grado que se aplicó a los presos políticos el 11 fue como un jarro de agua fría para los presos, que esperaban un tercer grado. Pero, a la vez, abrió la alternativa del artículo que permite salidas de día de la prisión.
El 100.2 tiene una aplicación inmediata, quien decide el permiso es la jueza de vigilancia penitenciaria y aunque la Fiscalía lo puede recurrir, eso no paraliza la decisión de la junta de tratamiento. Sólo la Audiencia de Barcelona puede decidir parar el permiso.
La aplicación de este régimen penitenciario permite combinarlo con el segundo grado, que es el que tienen actualmente los presos, y se basa concretamente en que el interno puede salir unas horas entre semana para trabajar o para hacer actividades formativas o de voluntariado. En ningún caso tendrá una libre circulación para hacer otras actividades que no sean las autorizadas por la junta de tratamiento.
Cada año hay 405 internos con este régimen en Catalunya.