El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha anunciado este jueves que ha aceptado tramitar el amparo del magistrado Manuel García Castellón, que él mismo ha pedido por haber recibido fuertes críticas de que judicializaba la política porque resolvió que investigaba por terrorismo en el caso Tsunami Democràtic al presidente en el exilio Carles Puigdemont y a la secretaria de organización de ERC, Marta Rovira, justo la semana antes del anuncio del acuerdo de investidura de Pedro Sánchez, entre el PSOE y los partidos independentistas. Cinco miembros de la comisión permanente del Poder Judicial sostienen que hay "fundamentos" para tramitar este amparo con el fin de garantizar la independencia judicial del juez de la Audiencia Nacional, mientras dos vocales consideran que está dentro de la crítica habitual que recibe la magistratura.
En un comunicado, la Comisión Permanente del CGPJ, con el mandato caducado, sostiene que ha admitido la tramitación de solicitud de amparo hecha por el titular del juzgado Central de Instrucción 6 en relación “a las declaraciones hechas por varios responsables políticos”, a raíz de la resolución que dictó el 6 de noviembre, en la cual acordó seguir la investigación por terrorismo del caso Tsunami Democrático, que investiga desde el 2019, además de detallar las 12 personas que considera investigadas, como por ejemplo Puigdemont y Rovira.
Dos declaraciones
En concreto, se precisa que el juez se refiere unas manifestaciones del secretario de Estado de Justicia, Antonio Julián Rodríguez, a una emisora de radio; y también de la portavoz del Govern, la periodista Patricia Plaja en rueda de prensa. Para García Castellón “de las declaraciones de los dos se puede inferir la intención de influir en el procedimiento judicial, así como de inquietarlo o perturbarlo en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales".
Aparte de los políticos, días después del polémico auto, la Fiscalía de la Audiencia Nacional presentó un durísimo recurso, en el cual aseguraba que, a partir del informe final de la Guardia Civil, el juez García Castellón no tenía "ningún indicio" para imputar a los investigados el delito de terrorismo, y que solo había indicios del delito de desórdenes públicos por las movilizaciones sociales y masivas contra la sentencia del Supremo a los líderes catalanes.
Diez días para la respuesta
El acuerdo señala que el amparo en estos casos está previsto en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que se fundamenta para proteger a los jueces de injerencias exteriores, tras analizar el caso de forma objetiva. Y en el caso del juez García Castellón la mayoría de vocales que forman la Permanente declaran que "del relato de hechos reflejado en la solicitud de amparo efectuado, puede considerarse ab initio que fundamento suficiente para admitir a trámite la petición”.
Por ello, ha acordado admitirla y da un plazo de diez días al secretario de Estado de Justicia y a la portavoz de la Generalitat para que efectúen las alegaciones que estimen pertinentes. El asunto se someterá entonces de nuevo a la Comisión Permanente para la adopción de una resolución definitiva.
El acuerdo de admisión ha sido aprobado con los votos a favor del presidente del CGPJ, el vocal Vicente Guilarte, y de los vocales Roser Bach, José Antonio Ballestero, Ángeles Carmona y Carmen Llombart. Y, las vocales Mar Cabrejas y Pilar Sepúlveda han votado en contra.
Desacuerdo matizado
En el comunicado se precisa que la vocal Mar Cabrejas ha justificado su voto en un escrito, en el cual sostiene que en el caso del juez García Castellón no concurren los requisitos para la admisión a trámite de la petición de amparo porque "las actuaciones de terceros referidas por el magistrado no solo tienen que lesionar el valor de la independencia judicial, sino que además tienen que influir en el proceso de toma de decisiones judiciales".
Sin embargo, Cabrejas ha propuesto que la Comisión Permanente que adopte una declaración en la cual se ponga de manifiesto que las declaraciones puestas en conocimiento del CGPJ por García Castellón “resulten inadmisibles" y que "un exceso no justificado de crítica de las decisiones judiciales cuando proceden de responsables públicos y políticos adquieren perfiles de especial gravedad”.