La sentencia del Tribunal Constitucional de este martes, que anula el voto a distancia de Lluís Puig, complica la sesión constitutiva del Parlament del próximo lunes 10 de junio. A grandes rasgos, puede hipotecar la participación y el voto de los dos diputados de Junts en el exilio, el president Carles Puigdemont y el mismo Puig. El órgano de garantías ha dado la razón por unanimidad a un recurso de amparo del PSC y ha declarado nulo el acuerdo de la Mesa del Parlament del 18 y 19 de abril del 2023 por el cual se autorizaba el voto delegado del exconseller. Según el Constitucional, esta modalidad no se ajustaba a ninguno de los supuestos contemplados que autoriza el reglamento del Parlament. De hecho, aquello a lo que dio luz verde el órgano rector de la cámara en abril de 2023 era en respuesta a una sentencia del TC entonces, que tumbaba la delegación de voto que había tenido Puig hasta el momento. Lo que se aprobó, a partir de esta sentencia, fue un voto telemático transitorio que permitía al diputado de Junts enviar un correo electrónico (haciendo una comprobación de su identidad) con el sentido de su voto antes de las votaciones del pleno. Posteriormente, este no se registraba en la pantalla, pero la presidencia del Parlament lo sumaba a la hora de leer el resultado de las votaciones. La medida fue recurrida al Constitucional por el PSC.

En la sentencia, a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat, los magistrados señalan que en el caso de Lluís Puig "no concurre ninguna situación excepcional que permita exceptuar constitucionalmente el ejercicio presencial del derecho de voto". La decisión impacta de pleno en el voto de Puigdemont y el mismo Puig este lunes, cuando se escogerá la nueva Mesa del Parlament. Esta jurisprudencia les podría impedir su participación, sumada a la sentencia de abril de 2023. Conviene recordar, en este sentido, que la ley de amnistía todavía no está en vigor porque no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y el president en el exilio ha reiterado que su retorno se producirá para el pleno de investidura. Por lo tanto, lo más probable es que tanto él como el exconseller Lluís Puig tengan que solicitar la delegación del voto o emitirlo telemáticamente el 10 de junio, un paso que también tendrá que seguir el parlamentario de Esquerra Republicana, Ruben Wagensberg, exiliado en Suiza por la causa de Tsunami Democràtic. La decisión sobre estas peticiones quedará en manos de la Mesa d'Edat, que estará formada por Agustí Colomines (Junts), Mar Besses (Esquerra Republicana) y Júlia Calvet (Vox).

De esta manera, el órgano de gobierno de la cámara tendrá mayoría independentista al inicio de la sesión constitutiva, y podría autorizar estas solicitudes de voto. De hecho, en el caso de Wagensberg, la situación es un poco diferente: el diputado de ERC está de baja médica y este supuesto está explícitamente permitido para la delegación de voto. Pero el revés del Constitucional implica trabas en las situaciones de Carles Puigdemont y Lluís Puig: no sería descartable que, aunque la Mesa d'Edat validara la delegación del voto de ambos, algún grupo parlamentario presentara peticiones de reconsideración (lo que implicaría que la jornada del lunes fuera más larga porque la Mesa se tiene que reunir para admitirlas o desestimarlas) o recursos al TC en contra de esta autorización, con la eventual consecuencia que —cautelarmente— el órgano de garantías declarara nulo el acuerdo de delegación del voto unos días después e incluso comprometiera la elección que se haya hecho del nuevo órgano rector del Parlament.

En el recurso del PSC sobre la delegación de voto del juntaire, ya se hizo alusión al artículo 56.6 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional, que recoge que "en supuestos de urgencia excepcional, la adopción de la suspensión y de las medidas cautelares y provisionales podrá efectuarse en la resolución de la admisión a trámite". Esta adopción puede ser impugnada en un plazo de cinco días desde su notificación por la Fiscalía y las otras partes personadas, mientras que la sala o sección pertinente del TC resuelve esta petición de suspensión excepcional a través de un auto el cual no se puede recurrir. En este recurso sobre la delegación de voto, cabe decir que el Constitucional no vio ninguna razón para adoptar medidas cautelares o provisionales de nulidad del acuerdo de la Mesa del Parlament.

La sentencia del Tribunal Constitucional puede repercutir en la elección de la Mesa

Esta sentencia se suma a unas complejas negociaciones para la constitución de la Mesa del Parlament. El escenario con más fuerza, que es un acuerdo entre los partidos independentistas (suman 59 diputados), podría permitir una presidencia de Esquerra Republicana en la cámara por mayoría simple. Lo cierto es que, si Puigdemont y Puig no pudieran votar a consecuencia de esta nueva resolución, Junts, ERC y la CUP perderían dos votos que podrían ser trascendentales. Si el Partido Popular otorgara sus votos al PSC (posibilidad que, en estos momentos, es muy baja), ambas formaciones —sin Comuns Sumar— llegarían a los 57 votos que entonces tendrían los tres partidos independentistas. En este contexto, si no se deshiciera el empate después de cuatro votaciones, el reglamento del Parlament contempla que saldría elegido automáticamente el candidato del grupo parlamentario con más diputados. Por consiguiente, los socialistas ganarían la partida.

Por lo que hace a los precedentes, en la anterior sesión constitutiva de la cámara (fue el 12 de marzo de 2021), el diputado Lluís Puig no pudo delegar su voto y se vio privado de esta participación en la elección de la Mesa del Parlament. La Mesa d'Edat de entonces la formaban Ernest Maragall (ERC), David González (PSC) y Alberto Tarradas (Vox), y los dos últimos rechazaron la solicitud de Puig. En su lugar, la CUP cedió uno de sus diputados para que votara en nombre del exconseller como "muestra de solidaridad anti-represiva". Si el patrón se repitiera en esta situación, la aritmética no sufriría ningún cambio, puesto que los anticapitalistas ya formarían parte de la suma para escoger una presidencia independentista.