La conmoción por la salida a la luz de la reforma de la Ley de Seguridad Nacional que prepara el gobierno de Pedro Sánchez continúa. Hoy, el economista Santiago Niño Becerra ha lanzado una pregunta dirigida al jefe del ejecutivo español: "¿También se requisarán los depósitos bancarios de personas físicas y jurídicas para garantizar la deuda pública durante un periodo?"

Requisar todos los bienes necesarios

Y es que, con esta reforma, se pondría a disposición del Estado todos los bienes que fueran necesarios para afrontar el estado de crisis e incluso se podría obligar a las personas mayores de edad a realizar prestaciones personales. Todo a instancias de las autoridades competentes, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional.

¿También los depósitos bancarios?

Sin embargo, el anteproyecto, basado en el artículo 30 de la Constitución española que explica que "los españoles tienen el deber y derecho de defender España", todavía carece de muchas especificidades.

Ante esta situación, Niño Becerra ha escrito una publicación en su perfil de Twitter haciendo referencia a la noticia publicada por el diario El País.

El economista ha recuperado un fragmento del artículo —"(...) las autoridades también podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes (...)"— y ha formulado la siguiente pregunta: "¿También los depósitos bancarios de personas físicas y jurídicas para garantizar la deuda pública durante un periodo?".

 

TUIT Santiago Niño Becerra Reforma Ley Seguridad Nacional

Santiago Niño Becerra (@sninobecerra) / Twitter

 

Prestaciones personales, obligatorias

Las medidas se adoptarían según la crisis y la situación a afrontar, las requisas o interrupciones de actividad serían graduales y proporcionadas a la situación y se limitaría el tiempo al estrictamente necesario para superar la situación de crisis. Las prestaciones personales y la extracción de capital estarán relacionados con el tipo de crisis que se enfrente el estado español, ya sea de carácter sanitario, medioambiental, económico, financiero, etc.

Las "prestaciones personales" las regularía el mismo artículo que defendía la obligatoriedad del servicio militar, que fue suspendido el año 2001, según el cual "mediante la ley, podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública", una previsión constitucional antigua y ya olvidada.

La imposición de prestaciones personales y materiales está regulada por una ley ordinaria, a diferencia del servicio militar, que estaba regulado por una ley orgánica. Eso podría abrir un frente de batalla jurídico, ya que solo las leyes orgánicas pueden trastocar los derechos fundamentales. Además, el decreto del estado de crisis solo pasaría por el despacho del presidente del Gobierno y no tendría que ser avalado por el Congreso de los Diputados, tan solo habría que informar a la sala con la máxima inmediatez.

 

En la imagen principal, el economista Santiago Niño Becerra / Sergi Alcàzar