El Tribunal Supremo ha denegado de nuevo la libertad a los nueve presos preventivos de la causa del proceso en las puertas del juicio, y ha rechazado equiparar su caso en el del opositor turco Selahattin Demirtas -que ellos invocaron-, por el cual el Tribunal de Estrasburgo condenó Turquía.
Los nueve presos invocaron delante del Supremo el renombre "sentencia sobre el caso Demirtas", por el cual el TEDH reclamó en Turquía que adoptara las medidas necesarias para acabar con la prisión preventiva del opositor.
Pero el Supremo, que deja claro que "no existe persecución de las ideas, no se criminaliza una ideología" ni está en cuestión "una forma de pensar", niega que exista cualquier similitud entre los dos casos pues los líderes del proceso eran representantes del Estado en Catalunya, plenamente integrados en las estructuras de poder y en ninguno caso "expresaban la silenciada voz del discrepante ante una política hegemónica que se impone sin contrapesos".
La resolución que hoy ha sido notificada descarta este déficit de motivación: "Sostener que la Sala no se ha pronunciado sobre la suficiencia de posibles medidas alternativas en la prisión -argumentan los magistrados-, sólo puede ser resultado de una lectura precipitada de resoluciones dictadas con anterioridad. En efecto, en nuestro auto de fecha 26 de julio de 2018, en respuesta a la solicitud de sustitución de la prisión preventiva por fórmulas menos costosas, como las comparecencias apud acta, el control telemático, o la vigilancia policial, se decía textualmente: "las firmas diarias pueden dejar de ser diarias en el instante en que el firmante decide emprender la huida. El control policial puede relajarse o presentar errores involuntarios que permitan la huida. Los dispositivos de rastreo telemático atenúan su eficacia en un ámbito territorial en que rige la libertad de fronteras y la libre circulación de personas, por más que su utilización permitiría conocer el itinerario seguido por el procesado para sustraer al llamamiento para el juicio oral".
El Supremo ve riesgo de huida con la casa de la República de Waterloo
Para el Tribunal Supremo el riesgo de fuga sigue siendo intenso: es un hecho notorio la existencia fuera del territorio español de estructuras de poder organizadas, puestas al servicio de aquellos procesados que han cogido la determinación de sustraer al llamamiento de esta Sala. De hecho algunas autoridades y miembros actuales del Gobierno y el Parlamento de Catalunya -cómo han publicitado sobradamente los medios de comunicación- se han desplazado para mantener reuniones con las personas integrantes de estas estructuras, algunas de ellas también procesadas en esta causa y declaradas en rebeldía. Esta realidad intensifica claramente el riesgo de fuga, ya que pone de manifiesto la existencia de cierta infraestructura en el extranjero -con presencia, insistimos, de procesados en esta causa ya huidos de la justicia- que podría facilitar la huida de los procesados".
El auto dictada hoy recuerda que la doctrina de Estrasburgo para valorar el riesgo de fuga exige ponderar la existencia de «contactos en el extranjero» que puedan facilitar la huida.
Nada que ver con Dermitas
La Sala rechaza la comparación entre la situación de los políticos catalanes presos y la del opositor turco a que se refiere el Tribunal Europeo: «conviene destacar, por otra parte, un dato que singulariza y distingue las dos situaciones que las defensas, en su legítimo discurso impugnativo, pretenden igualar. El Sr. Demirtas era un líder opositor el encarcelamiento -sin entrar en otro orden de consideraciones sobre las notas definitorias del sistema jurisdiccional turco y de la pervivencia de preceptos penales difícilmente conciliables con el Convenio de Roma- podía llegar a implicar una ruptura de la legitimidad democrática.
El Tribunal Supremo añade: «los hechos que delimitan el objeto de la presente causa especial no se atribuyen por el fiscal, el Abogado del Estado y la acusación popular a líderes de la oposición. Sino al contrario, la mayor parte de los procesados eran líderes políticos integrados en el Gobierno de una comunidad autónoma en que asumían la máxima representación del Estado en este ámbito territorial. No expresaban, por lo tanto, la silenciada voz discrepante enfrente de una política hegemónica que se impone sin contrapesos. Los políticos cautelarmente privados de libertad, la situación las defensas identifican con la cautividad del Sr. Demirtas, se encontraban plenamente integrados en las estructuras de ejercicio del poder autonómico. La pretendida equiparación entre las medidas cautelares que afectan a los procesados y el encarcelamiento del opositor turco que está en el origen de la sentencia del Tribunal Europeo, es contemplada por la Sala como una respetable estrategia defensiva, pero sin viabilidad por la falta de similitud con los hechos que van a ser objeto de enjuiciamiento. No hay persecución por las ideas. No se criminaliza una ideología. De hecho, la ideología que con tanta legitimidad democrática profesan los recurrentes, sostiene ahora en el mismo gobierno autonómico y está presente en las instituciones de las cuales la mayoría de los procesados formaban parte. No está en cuestión una manera de pensar, una concepción rupturista de las relaciones entre los poderes del Estado. El día a día de la actividad política enseña la libertad con que estas ideas son defendidas en las instituciones y en los foros nacionales e internacionales de debate político».
La reacción de Puigdemont:
El presidente en el exilio, Carles Puigdemont, ha cargado contra la decisión del Supremo y ha advertido a aquellos "que piensan que la justicia española pondrá juicio algún día"; les ha recomendado que "abandonen toda esperanza".
En un mensaje en Twitter, Puigdemont ha criticado que "la agenda del representante ordinario del Estado en Catalunya (según la Constitución) determine si se tiene que quedar o no en la cárcel" y lo ha calificado de "demencial".