El PSOE ha presentado este domingo 'in extremis' dos recursos ante el Tribunal Constitucional (TC), uno de alegaciones y otro de personación, para intentar impedir que este órgano acepte, a la reunión de este lunes, la petición del PP de suspender de manera cautelarísima la tramitación de la reforma impulsada por el Gobierno para desbloquear la renovación del TC que tiene el mandato caducado. En estos textos, a los cuales ha tenido acceso elDiario.es, el PSOE afirma que, en caso de ser admitida la petición de los populares, el TC "vulneraría el derecho de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes".
"La admisión de una medida cautelar que eventualmente produzca la suspensión del procedimiento parlamentario impide que el conjunto de los diputados y senadores ejerzan legítimamente sus funciones parlamentarias, como representantes de los ciudadanos, en las que reside la soberanía popular," indica al PSOE. En los estos textos, los socialistas subrayan que el TC, que se reúne este lunes a las 10.00 horas, tiene que abordar las recusaciones de los dos magistrados cuyo mandato ha caducado, presentadas por la misma formación junto con Unidas Podemos, antes de decidir si acepta las medidas cautelarísimas planteadas por el PP. Y es que los de Alberto Nuñez Feijóo han presentado este viernes un escrito al TC para paralizar la votación de la norma en el Senado, prevista para el martes, ya que el Congreso la aprobó el jueves por una amplia mayoría.
Por otra parte, el PSOE recalca que "la solicitud planteada por el Grupo Parlamentario Popular pretende rehuir la aplicación del principio de contradicción que resulta inherente tanto a los procedimientos legislativos como a los procesos jurisdiccionales". Y apunta que "mientras que las Cortes Generales han mantenido la normalidad reglamentaria en la tramitación legislativa objeto de recurso y han respetado los derechos de todas las formaciones políticas y los principios de contradicción, debate y transparencia, se busca que el Tribunal Constitucional emita un pronunciamiento ignorando estos pilares básicos del Estado democrático y de Derecho". Si finalmente es aceptada la suspensión de la tramitación, aseguran a los socialistas, "se perturbaría el funcionamiento de las Cortes Generales y se violentarían los derechos de los parlamentarios garantizados por el artículo 23 de la Constitución".
Además, según la jurisprudencia del mismo Tribunal Constitucional que recoge al PSOE en sus escritos, "los actos o las normas que emanan de poderes legítimos disfrutan de una presunción de legitimidad, que (...) obliga a considerar como excepcional la posibilidad de suspender su vigencia o ejecutoriedad". Es por eso, insisten, que el tribunal de garantías ha afirmado en numerosas ocasiones que las medidas cautelarísimas son de carácter extraordinario y aplicación restrictiva. Así pues, solo se pueden admitir excepcionalmente cuando la ejecución del acto impugnado produzca un perjuicio al recurrente que pudiera hacer perder su finalidad al amparo.
El PSOE cree que no se ha producido ningún acto que haya causado un perjuicio irreversible. Y recuerda que "es perfectamente posible" que, en el Senado, se decida la eliminación de los preceptos en cuestión, hecho que haría decaer el objeto del proceso iniciado por el PP en el TC. El PSOE denuncia que el PP pretende que el TC "tome su decisión sin ni siquiera oír las partes". Al escrito, la formación de Pedro Sánchez remarca la "notoria ausencia de justificación para adoptar una medida tan drástica, que altera el orden constitucional y genera un precedente muy peligroso".
Finalmente, para el PSOE, el del PP es "un recurso de amparo fraudulento que resolverá un Constitucional caducado" porque los populares argumentan "una supuesta vulneración de sus derechos fundamentales cuando, en realidad, lo que solicita a su recurso es que el TC haga una revisión de la constitucionalidad de la Ley Orgánica antes de que esta sea aprobada". Y recuerdan que en el ordenamiento jurídico español "no existe un sistema de censura previa de las leyes, porque se suprimió en 1985, cuando se derogó el recurso previo de inconstitucionalidad para suponer una 'grave fisura' en el sistema constitucional".