Los abogados del president en el exilio, Carles Puigdemont, y del conseller Toni Comín están haciendo llegar las conclusiones del abogado general de la UE, Maciej Szpunar, sobre la condición de europarlamentario y la inmunidad de Oriol Junqueras a todos los órganos jurisdiccionales en que los dos políticos tienen abiertos procedimientos, incluidos al juez y al fiscal belga que están estudiando la euroorden dictada por el juez Pablo Llarena.
La contundencia del abogado general de la UE no deja margen a la duda. Los eurodiputados lo son desde el momento en que son escogidos en las urnas y se proclaman los resultados. El argumento esgrimido por el Estado en el sentido que en España, además, tienen que acatar la Constitución como paso previo no es aceptable porque, según recuerda Szpunar, los eurodiputados se escogen por sufragio directo y son los ciudadanos los que eligen a los diputados. "Su decisión, expresada en el voto, no está sujeta a validación o confirmación alguna", advierte.
La conclusión del abogado de la UE contiene auténticas bombas de profundidad contra el posicionamiento del gobierno español. "Impedir que quien ha sido legalmente electo para un cargo público preste la promesa o juramento exigido para asumir el cargo es un método perfecto para privarle de cargo en cuestión", llega a argumentar.
De la opinión del abogado general se desprende claramente que tanto Junqueras como Puigdemont y Comín habrían adquirido la condición de eurodiputados en el momento en que se proclamaron los resultados y, en consecuencia, también la inmunidad que se deriva, y que igualmente cubrirá en breves semanas a la consellera Clara Ponsatí, que ocupará uno de los escaños que quedarán libres a raíz de la marcha de los eurodiputados británicos una vez sea efectivo el Brexit.
Durante su mandato como eurodiputados tendrían que tener inmunidad tanto en su propio territorio nacional, como en el de cualquier otro país de la UE, ante cualquier "medida de detención y toda actuación judicial". No sólo eso, una vez miembros del Parlamento Europeo, su mandato está regulado por el Derecho de la Unión, el cual los Estados miembros no pueden revocar o limitar sin una habilitación expresa. "El Acta de 1976 no permite a un Estado miembro suspender por ninguna razón el mandato de un miembro del Parlamento ni las prerrogativas que este lleva con él", asegura el abogado general. Sólo el Parlamento le puede arrebatar al europarlamentario esta condición. Por tanto, para levantar la inmunidad de Puigdemont sería necesario someter a la consideración de la Cámara un suplicatorio.
Eso es así, hasta que acaba el periodo sesiones, que se alarga los cinco años de la legislatura, y garantiza la libertad de movimientos del diputado por todos los Estados de la UE, empezando por el acto mismo de asunción del escaño: "Las autoridades nacionales del Estado miembro en que el diputado en cuestión ha resultado electo están obligados a abstenerse de adoptar cualquier medida que pueda obstaculizar estos trámites y suspender las medidas que ya estén en curso, a no ser que haya obtenido la suspensión de la inmunidad por el Parlamento".
La conclusión sin ambages del abogado general, que acostumbra a determinar la decisión final del TJUE, es que los políticos exiliados no sólo tendrían que poder entrar en el Estado español y moverse con libertad por cualquier país de la UE sino que no podrían ser ni detenidos ni procesados sin autorización del Parlamento Europeo.
Renunciar al Parlament
En el caso de Puigdemont y Comín, sin embargo, la adquisición de la condición de diputados de la Eurocámara les obligaría a renunciar al acta de diputados en el Parlament de Catalunya, lo cual impediría al president en el exilio ser restituido al frente del Govern, dado que sólo pueden optar a la presidencia de la Generalitat los diputados de la Cámara catalana.
La sentencia definitiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se tendría que conocer en breve. En cualquier caso, sólo la contundencia de las conclusiones del abogado general podrían ser suficientes, en opinión de los abogados de Puigdemont, para provocar movimientos en los múltiples frentes abiertos que mantienen a los políticos exiliados. No es el caso, sin embargo, del Tribunal Supremo, que hoy mismo ha hecho público que mantiene las órdenes de detención nacional contra los dos políticos.