El president en el exilio, Carles Puigdemont, ha afirmado que el juez Pablo Llarena hace una interpretación "absurda, arbitraría, ilógica e irracional" de la ley orgánica 1/2024 para no aplicarle la amnistía y mantener su orden de detención en el Estado español, según el recurso presentado por su abogado, Gonzalo Boye, este lunes, y donde le pide que rectifique y dicte el archivo de la investigación del 1-O contra Puigdemont. En el escrito, al cual ha tenido acceso ElNacional.cat, el penalista acusa al magistrado del Supremo de realizar "una grotesca interpretación de la norma", con la cual mantiene su "parcialidad", que —según Boye— ha mantenido en todo este procedimiento, y le pide que haga caso de la magistrada del Tribunal Supremo, Ana Ferrer, que, en su voto particular, alerta a los compañeros de la sala de lo penal —refiriéndose a la resolución escrita por Manuel Marchena— que al inaplicar la amnistía, se separan de la voluntad del legislador de la ley de amnistía e incluso de la sentencia y la jurisprudencia de la misma sala penal sobre el delito de malversación de fondos.
El juez Llarena, en su resolución de hace justo una semana, resolvió que no aplicaba la amnistía ni a Puigdemont ni a los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig al asegurar que obtuvieron un enriquecimiento patrimonial con la organización del 1-O. El incongruente argumento, según Boye, es que sostiene que los representantes de Junts dispusieron de partidas de dinero público para hacer el referéndum, que tienen que devolver al Estado español. El abogado de Puigdemont le recuerda al instructor que con el 1-O se dispusieron partidas de la Generalitat, que no se ha declarado afectada, y no del Estado, y que este procedimiento está abierto en el Tribunal de Cuentas, y pendiente de sentencia. Es decir, que vulnera su derecho de presunción de inocencia, además de tener un juez imparcial, entre otros, además de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. "Un precepto del Convenio es que, para que una persona pueda ser privada de su libertad, tienen que existir indicios racionales de que ha cometido una infracción, y en este caso no existe ninguno", insiste el abogado.
Tampoco se han afectado fondos europeos
La magistrada Ferrer criticó el argumento del presidente de la sala de lo penal del Supremo, que sostiene que el Govern de Junts y ERC se habrían enriquecido porque pagaron el 1-O con fondos públicos y no de su bolsillo; un ahorro que los habría enriquecido. El abogado también asegura, como Ferrer y el resto de defensas, que con el 1-O no se afectaron fondos de la Unión, ni se recogió en la sentencia que dictó el 2019 contra los líderes independentistas. Boye también reprocha al instructor del 1-O que no plantee una consulta al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
Este lunes se acaba el plazo para que las defensas y acusaciones presenten sus recursos. El juez Llarena también les ha preguntado si se tiene que consultar al Tribunal Constitucional si es constitucional la amnistía solo para el delito de desobediencia, del cual el juez Llarena, aprueba, pero sin argumentos, según Boye.
El Supremo no es el tribunal competente
El abogado de Puigdemont aprovecha este recurso contra la no aplicación de la amnistía para recordarle al magistrado todas las vulneraciones que se han cometido desde un inicio en la causa del 1-O del 2017. "Sobresale, entre todas ellas, la vulneración del derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la ley", afirma Boye, que añade: "Ninguna norma jurídica justifica la pretendida competencia de la sala de lo penal del Tribunal Supremo para conocer de la presente causa. También es palmaria la vulneración del derecho al juez imparcial y la vulneración de los derechos a la libertad de expresión, asociación, reunión y participación política, en línea con los dictámenes del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas n.º 6/2019 y 12/2019." Las defensas de los líderes políticos y sociales siempre han mantenido que el 1-O no se cometió ningún delito, pero que si así fuera, la competencia es del TSJC para los aforados, y un juzgado de Barcelona, para el resto. Es una de las principales vulneraciones denunciadas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).