Aviso del president en el exilio, Carles Puigdemont, al juez instructor, Pablo Llarena, en relación a la aplicación de la ley de amnistía y al levantamiento inmediato de las medidas cautelares contra él. En un escrito de 23 páginas, el responsable de la defensa de Puigdemont, Gonzalo Boye, advierte al juez que "la única solución" conforme a derecho, y respetuosa con la Constitución, los tratados ratificados por España y la ley de amnistía es "el levantamiento de las medidas cautelares" que pesan sobre el president, específicamente la orden de busca y captura e ingreso en prisión acordada por el auto del 12 de enero del 2023.

Una vez se aprobó la amnistía y a pesar de que la ley establece el levantamiento inmediato de las medidas cautelares, Llarena comunicó que mantenía vigentes las órdenes de detención contra Puigdemont y los consellers Toni Comín y Lluís Puig. El instructor dio un plazo de cinco días a las partes para que se posicionaran en relación a la aplicación de esta ley, y más específicamente sobre si la amnistía es "aplicable o inaplicable" en relación al delito de malversación que se imputa a los tres políticos exiliados por la organización del 1-O, y si los hechos que se les imputan afectaron "a los intereses financieros de la Unión Europea", lo cual formaría parte de las excepciones.

 

Malversación

La defensa de Puigdemont rechaza que se puedan aplicar al president en el exilio las excepciones que contempla la ley por lo que respecta a la malversación. En relación a los argumentos de la fiscalía que sostienen que la organización del referéndum del 1-O hubo un enriquecimiento "patrimonial" de los encausados, el texto recuerda que el Supremo excluyó "expresamente" que hubiera habido en el 1-O un propósito de enriquecimiento. Advierte que incluso el auto del Supremo del 26 de junio de 2023 "a pesar de sostener la extravagancia de que había existido ánimo de lucro" en la acción de los responsables del procés, puntualiza que este ánimo de lucro "no se identifica exclusivamente con el propósito de enriquecimiento". "Resultaría arbitraria, ilógica, absurda e irracional una interpretación que pretendiera identificar el propósito de enriquecimiento al que se refiere al artículo 1.1 de la Ley Orgánica con el ánimo de lucro", subraya.

Asimismo deja claro que las acciones llevadas a cabo para la organización del referendum tampoco han afectado a los intereses financieros de la UE, cómo sí han asegurado los fiscales del procés, porque si hubiera sido así habría actuado la oficina europea de lucha contra el fraude (OLAF), y no ha habido ninguna intervención de este órgano.

Por todo ello, la defensa de Puigdemont reclama al magistrado instructor que proceda a aplicar la ley de amnistía que en su artículo 4 establece "el inmediato levantamiento de cualquiera medidas cautelares de naturaleza personal o real que hubieran sido adoptadas por las acciones uno omisiones comprendidas en el ámbito objeto de la presente ley", y emita los correspondientes oficios en los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

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