Repasada de Gonzalo Boye al Tribunal de Cuentas (TCu). El abogado ha pedido a la consejera del Tribunal de Cuentas que aplique la ley de amnistía del Procés al president en el exilio Carles Puigdemont "sin más dilaciones", según el escrito presentado este martes y al cual ha tenido acceso ElNacional.cat. En la petición, el penalista reclama a la consejera Elena Hernáez que deje las "aventuras jurídicas" de cuestionar esta norma del olvido penal al Tribunal Constitucional (TC) y al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) porque la ley —precisa— solo autoriza a jueces y tribunales jurisdiccionales de hacerlo y el TCu es un organismo contable. "Ya ha tenido los 15 minutos de fama", le reprocha Boye.

El mismo día de la publicación de la ley de amnistía al BOE, la consejera del departamento segundo de la sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas, Elena Hernáez, dictó una providencia en la cual suspendía el plazo para dictar la sentencia sobre el gasto del  1-O y la promoción exterior, y a la vez ya considera que la ley de amnistía es contraria al derecho de la Unión y planteaba  las partes si se tenía que presentar una prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE, avanzándose a los jueces y al Tribunal Supremo que tienen causas penales del 1-O. Las defensas de los cargos de ERC y de Junts, la Fiscalía y la acusación de Sociedad Civil Catalana tienen 10 días para hacerlo, y Boye, en nombre del president Puigdemont ha estado de los primeros a responder y exigir la extinción de toda responsabilidad contable.

Ningún perjuicio causado a la Generalitat


En la causa del Tribunal de Cuentas, la Fiscalía reclama que Puigdemont, Artur Mas y Oriol Junqueras, más unos 30 excargos del Govern, paguen 3,2 millones de euros y Sociedad Civil Catalana, 5,3 millones por los gastos del 1-O y de la promoción de Catalunya al exterior entre los años 2011 y 2017. Las defensas han insistido que no ha habido ningún perjuicio y que la Generalitat no reclama nada.

Además, en su escrito, Boye recuerda a la consejera que “la aplicación del derecho ha estado ausente en todo el procedimiento”, como el hecho que no se podía juzgar a Puigdemont porque entonces era aforado en el Parlamento Europeo, al cual tenía que pedir un suplicatorio para juzgarlo y no lo hizo.

El TCu no tiene competencias

En cuanto a los cuestionamientos de la norma, Boye manifiesta que "por mucho que se insista, el Tribunal de Cuentas no es un órgano jurisdiccional" y, por lo tanto, sostiene "no es posible la idea de acudir prejudicialmente ante el TJUE, ni de plantear una cuestión de inconstitucionalidad respecto al Tribunal Constitucional". Y añade; "La ley orgánica del Tribunal de Cuentas faculta a plantear cuestiones de inconstitucionalidad y está reservada a jueces y tribunales, y, este órgano constitucional de tribunal solo tiene el nombre". A más, los consejeros del TCu no son jueces ni magistrados, sino juristas escogidos por el Gobierno.

Idea "descabellada"

Finalmente, el abogado de Puigdemont afirma que "será interesante observar qué opina el TJUE respecto a un procedimiento de estas características dirigido contra personas que cuentan con inmunidad y para el enjuiciamiento de la cual no se ha solicitado el levantamiento de esta inmunidad". Y añade que "en caso de que lo TCu persista en la descabellada idea de elevar un planteamiento prejudicial como el pretendido por este órgano", uno de los temas que se discutirá es por qué el TCu no ha respectado la inmunidad del president en el exilio. "Resultará interesante verlo", concluye Boye.