Carles Puigdemont recurre su acusación contra el Tribunal de Cuentas. Alega su inmunidad como eurodiputado, pide más tiempo para poder depositar la fianza, en caso de que el proceso salga adelante, y califica "irrazonable requerir el pago de 2.085.507,80 euros".
La defensa del expresident Carles Puigdemont ha presentado recurso contra la fianza reclamada por el Tribunal de Cuentas en concepto de responsabilidad contable por el presunto uso irregular de fondos de la Generalitat de Catalunya para las 'embajadas catalanas' y el Diplocat.
En un escrito de once folios ha pedido que se anule la fianza requerida al considerar que el líder independentista "tiene reconocida inmunidad como europarlamentario" que "llega a cualquier instancia y jurisdicción, incluido el Tribunal de Cuentas". En este sentido, ha reprochado la actuación del órgano fiscalizador y ha asegurado que la afirmación realizada por la delegada instructora durante el acto de liquidación, sobre que esta inmunidad se extiende únicamente a los procesos penales, es "contraria a derecho".
La defensa de Puigdemont ha alegado que tanto para el inicio como para la continuación del procedimiento "era preceptiva la concesión previa del correspondiente suplicatorio que tuvo que ser solicitado ante el Parlamento Europeo". "Una cosa diferente es que la señora delegada instructora no quiera hacerlo para no ver su procedimiento sometido a ningún tipo de escrutinio", ha añadido.
Más tiempo
En el marco del recurso, ha reclamado que, en caso de que no fueran acogidas sus pretensiones, se amplíe el tiempo otorgado para el pago de la fianza y que "se aclare cómo se llega a esta cantidad, porque, de las liquidaciones practicadas, si hay algo que no queda claro es cómo se estructuran las cantidades y cómo se establece su derivación a mi representado".
Así, ha asegurado que "es de todo punto irrazonable requerir el pago de 2.085.507,80 euros a una persona en tan exiguo plazo". Según el acta de liquidación provisional notificada la semana pasada, a la que ha tenido acceso Europa Press, se les reclama a 34 excargos de la Generalitat cantidades individuales por conceptos concretos que aprobaron cuando estaban en sus respectivos puestos de trabajo. Aunque se les exige a cada uno cantidades individuales por conceptos concretos, todos ellos tendrán que responder al total de forma solidaria hasta los 5,4 millones del total.
La inconstitucionalidad del procedimiento
En el escrito, la defensa el líder independentista ha insistido que la actuación del Tribunal de Cuentas "equivale, de facto, a la derogación de las competencias en materia de acción exterior de la Generalitat de Catalunya", y por eso ha tildado el procedimiento de "inconstitucional".
Ha criticado que la instructora del órgano fiscalizador asegurara que "únicamente se han valorado los gastos que exceden en las materias propias de la acción exterior" de Catalunya, porque —según su opinión— eso "no encaja con la realidad de la liquidación llevada a cabo".
Según la defensa, la fianza reclamada por la delegada instructora "a primera vista refleja una criminalización de todas las actividades que se han llevado a cabo por los diferentes gobiernos de la Generalitat asumiendo un objetivo independentista en todas ellas". En el escrito ha reprochado también que la instructora respondiera a las alegaciones presentadas a lo largo de la liquidación con "remisiones genéricas a las respuestas dadas al conjunto de las personas señaladas como responsables".
"Nada se dice sobre las vulneraciones de derechos fundamentales más allá de una simple remisión al procedimiento recogido en la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas y que, como vamos sosteniendo, no puede constituir un marco legal superior a la protección constitucional de estos derechos", ha subrayado.
Los recursos
Las defensas tenían hasta este jueves para presentar recurso contra la fianza impuesta por el órgano fiscalizador. Según recoge la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, una vez que se hayan abonado las fianzas y resuelto los recursos, se dará traslado de la pieza y otras actuaciones al representante de la entidad del sector público perjudicada —en este caso la Generalitat— y a las otras acusaciones para que dentro del plazo común de 20 días presenten demanda.
Si no se llega a presentar, se tiene que trasladar al ministerio fiscal —por el mismo plazo— para que la formule si así lo considera oportuno; en caso de que tampoco presentara un escrito, el órgano de la jurisdicción contable a cargo del litigio ordenará de oficio el archivo de las actuaciones.
Una vez finalizada esta instrucción, continuará el procedimiento en el departamento segundo de enjuiciamiento, en manos de la jueza Margarita Mariscal de Gante, a la cual por turno le correspondió este asunto.