Una de las razones que la justicia belga esgrimió para no aceptar la extradición de Lluís Puig, fue la no competencia del Tribunal Supremo para juzgar el caso del conseller exiliado y este ha sido uno de los puntos que ha suscitado el debate durante la vista que ha celebrando hoy el TJUE en Luxemburgo. Otra de las cuestiones clave de la vista ha sido si habría que acreditar una deficiencia generalizada del sistema judicial español para denegar el euroodre, como reclama la Comisión Europea, o si es suficiente con la existencia de un riesgo contra un grupo concreto, como defienden los abogados de los exiliados. Después de más de siete horas de debate, con una pausa para comer, el Tribunal ha levantado la sesión. Los magistrados han tenido oportunidad de constatar las diferencias entre las defensas de los políticos exiliados, por una parte, y la fiscalía, la Abogacía del Estado, la Comisión Europea y Vox de otra. Mientras que las partes han podido comprobar, a través de las preguntas del tribunal, cómo este debate también suscita división de criterios entre los magistrados. Entre los unos y los otros, la representación del Reino de Bélgica ha matizado el posicionamiento que había expuesto después de que ser la justicia belga la que negó la extradición de Puig.
La competencia del Supremo para asumir los casos de los políticos exiliados ha sido planteada tan pronto el vicepresidente del TJUE y ponente de las cuestiones prejudiciales, Lars Bay Larsen, ha empezado a preguntar a las partes. Le ha seguido el Abogado General del Tribunal, Jean Richard de la Tour, que ha interrogado sobre los pronunciamientos del Tribunal Constitucional español al respeto.
Boye: decisión arbitraria del Supremo
El abogado de Lluís Puig, Gonzalo Boye, ha aprovechado la pregunta sobre este tema para replicar a algunas de las alegaciones planteadas en la Sala e insistir que la vulneración del juez predeterminado por ley, no es una materia competencial, sino de un derecho fundamental. Boye ha argumentado con diferentes pronunciamiento del Supremo, que es el propio Tribunal quien admite que no existe una norma que establezca su competencia.
De hecho, ha recordado que el 25 de marzo el Supremo decidió inhibirse en el caso de Meritxell Serret y lo ha pasado al TSJC, cuando durante el tiempo que estuvo exiliada en Bruselas, la exconsellera estaba en la misma situación que Lluís Puig. "Es decir, un día soy competente para él, otro, no; y otro, ya veremos. ¿Por qué? Porque es una decisión arbitraria", ha remachado el abogado que ha actuado también en representación de Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí.
El fiscal, Fidel Cadena, ha replicado a Boye que hay diferentes normas para atribuir la competencia del Supremo y ha contradicho las palabras del abogado asegurando que el TC sí se había pronunciado sobre la competencia del Tribunal y que lo había hecho a través de recursos que han presentado los líderes del procés condenados. "En todos los casos se ha dicho que no se ha vulnerado ninguno de los derechos", ha asegurado.
Cadena, molesto
Ante la insistencia de las cuestiones, Cadena ha insistido en que el Supremo en las diferentes sentencias del procés "proclama su competencia" y argumenta las diferentes normas que así lo imponen. "No sólo eso, el TC, cuando ha estudiado la vulneración del derecho al juez predeterminado por la ley, lo ha ratificado. Está claro, clarísimo, que el Supremo ha establecido la competencia y que el Constitucional lo ha ratificado", ha insistido sin disimular que se sentía molesto por la insistencia de las preguntas. En su último turno, Cadena ha compensado esta actitud, emplazando el TJUE a actualizar la directiva sobre detenciones y convertirse en "faro procesal de Europa".
La abogada del Estado, Andrea Gavela, se ha sumado a los argumentos del fiscal y ha señalado el apoyo del TC a la competencia del Supremo, aunque ha puntualizado que el Constitucional ha considerado que no era el momento procedimental oportuno para pronunciarse. Gavella ha admitido que de manera excepcional, cuando se aprecia un riesgo de vulneración de un derecho fundamentales, se puede denegar una euroorden, pero ha reclamando "mayor rigor" porque, según su opinión, no toda vulneración de las normas de competencia, como es el caso del derecho al juez predeterminado, obedecen a una vulneración de derechos fundamentales y el "sistema dispone de mecanismos para corregir posibles errores".
Riesgo sistémico
En nombre de la Comisión Europea, Julio Baquero, ha admitido que el Supremo aportó información "poco clara" al Tribunal belga, pero ha reprochado a este, que tendría que haber comunicado sus intenciones al tribunal español o plantear una cuestión prejudicial. Baquero ha sido, en nombre de la Comisión, una de las partes más claras en emplazar a diferenciar el riesgo sistémico y generalizado frente a una vulneración de derechos en un caso determinado. Ha insistido en que para poder rechazar una euroorden por una vulneración de derechos, previamente hay que demostrar la existencia de un problema sistémico.
Esta intervención ha sido replicada por una pregunta de la jueza Lucia Serena Rossi, que ha hablado de persecución por razones políticas, i ha advertido al representante de la Comisión que resulta "muy peligroso" asegurar que no se puede hablar de la violación de un derecho individual si no hay una violación sistemática.
En el trasfondo de este intercambio de opiniones, se ha mantenido el constante debate sobre si para denegar una euroorden es necesario que haya una deficiencia sistémica y generalizada del funcionamiento de la justicia en el país afectado, o si es suficiente con que afecte a un grupo particular de personas.
Este tema ha aparecido en numerosas cuestiones de los jueces que han ido tomando la palabra. "¿Estas personas pueden ser un grupo que puedan estar expuestas a este tipo de vulneraciones a raíz de una deficiencia específica contra ellas?", ha pregunta el Abogado General, tanto al Estado español como en la Comisión Europea. ¿"Cómo puede saber que se han vulnerado los derechos sin la constatación de una deficiencia sistemática de esta vulneración?", ha preguntado Constantinos Lycourgos, que ha preguntado cómo se puede conocer que se producirían las vulneraciones de derechos que denuncian cuándo Puig todavía no ha sido juzgado.
"En este caso contamos con el pasado que, evidentemente, nos auguraba el futuro. Lo que había estado pasando en aquel procedimiento es lo que le esperaba al señor Puig", ha explicado Boye, refiriéndose al juicio contra los líderes del procés que se celebró en el Supremo.
De hecho, las diferencias en relación a este punto ha provocado un toma y daca entre Boye y el presidente del Tribunal, Koen Lenaerts, que le ha preguntado repetidamente si el TC se había pronunciado o no sobre el caso de Puig. El abogado ha insistido en que sí interpusieron el recurso, y que está pendiente de resolución. "El TC está ignorando el informe del Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias y otras evidencias al respecto", ha denunciado Boye.
Confianza, pero o ciega
También los abogados de la republicana Marta Rovira y la cupaire Anna Gabriel, Andreu Van den Eynde y Benet Salellas, han aprovechado el último turno para responder a las cuestiones planteadas por seis de los quince magistrados del TJUE. Van den Eynde ha insistido en que el Supremo no tiene ninguna ley que lo avale para asumir las competencias sobre el caso de los políticos exiliados y ha recordado que el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas ha aplicado un criterio sistémico de vulneración de derechos cuando ha advertido que "hay una serie de gente [en referencia a los líderes del procés] que por sus opiniones políticas han sido tratados de esta forma".
Salellas ha hecho un llamamiento al tribunal a aplicar un criterio intermedio entre las vulneraciones sistémicas y los casos individuales, con el objetivo de reconocer que un grupo de personas sufre estas vulneraciones, y ha pedido al Tribunal "no jerarquizar entre derechos fundamentales, como lo ha planteado a los abogados del Estado y el de la Comisión".
En el último turno, Isabel Elbal ha afirmado que el principio de confianza entre estados miembros se ha de respetar pero "no puede ser una confiança ciega".