Pere Aragonès no solo ha expuesto este martes, ya en plena precampaña y con las elecciones del 12 de mayo en el horizonte, cuál debería ser la pregunta para un nuevo referéndum de autodeterminación en Catalunya ("¿Quieres que Catalunya sea un estado independiente?") sino también la vía jurídica por la que esta consulta tendría encaje en la Constitución española. Se trata del artículo 92 de la carta magna, según señala el informe del Institut d'Estudis de l'Autogovern, presidido por Joan Ridao, y que había sido encargado por el propio Aragonès a partir, a su vez, del informe elaborado por el comité de expertos del acuerdo de claridad. "Es la vía jurídica prioritaria, más idónea y factible para convocar un referéndum sobre la independencia de Catalunya", concluye el informe, pero no la única, ya que también identifica otras alternativas. Pero, ¿qué dice exactamente el artículo 92 de la Constitución española?
Concretamente, este artículo consta de tres puntos. El primero de todo resuelve que "las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos". El segundo añade que este referéndum "será convocado por el rey, mediante propuesta del presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados" y el tercero aclara que será una ley orgánica la que "regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución". En el informe, se destaca que "existen argumentos jurídicos sólidos para sostener que el artículo 92 de la Constitución no plantea objeciones serias de inconstitucionalidad" para celebrar el referéndum de autodeterminación.
Vía prioritaria, pero no la única
En el acto de este martes, después de reunirse con el propio Joan Ridao, Aragonès ha destacado que el artículo 92 de la Constitución es vía "prioritaria" para convocar este referéndum acordado, lo que no implica que "otras queden excluidas". "Es importante subrayar que el actual marco constitucional ofrece diferentes vías para hacerlo", ha añadido el president. En este sentido, el informe del Institut d'Estudis de l'Autogovrn apunta a otras direcciones, como la reforma de la Ley orgánica 2/1980 sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum o la delegación de las funciones estatales para autorizar referéndums a través del artículo 150.2 de la Constitución.
El referéndum que propone Aragonès
Durante esta última legislatura, Pere Aragonès ha defendido su propuesta de un nuevo referéndum acordado con el estado español como vía para resolver el conflicto político. Primero impulsó el acuerdo de claridad para celebrar esta consulta, que no generó consenso en el Parlament. A pesar de ello, puso en marcha la creación de un consejo académico que elaboró un informe con cinco propuestas distintas de referéndum, de las que el president de la Generalitat se hizo suya la que se basaba en el modelo escocés. Este martes, después de conocer el contenido del informe, ha detallado algunas características: sería un referéndum circunscrito a Catalunya, donde deberían poder votar todas aquellas personas con derecho a voto en las elecciones al Parlament y sin cuórums mínimos de participación. La única pregunta a responder sería: "¿Quieres que Catalunya sea un estado independiente?".