La querella criminal que hoy se presentará en nombre de CDC y el exalcalde de Barcelona Xavier Trias contra el ministro en funciones del Interior, Jorge Fernández Díaz, y el exdirector de la Oficina Antifrau Daniel de Alfonso, incluye acusaciones por los presuntos delitos de violación de secretos, prevaricación y malversación de fondos públicos y, en caso de prosperar, podría conllevar penas de prisión.
La querella es la respuesta a la revelación de las conversaciones que mantuvieron Fernández Díaz y De Alfonso en octubre del 2014, que ponían en evidencia la guerra sucia del Estado contra los partidos independentistas. Tiene 42 páginas y está dirigida a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, a raíz de la condición de aforado del ministro Fernández Díaz.
El texto, cita el artículo 417 del Código Penal para denunciar un delito de revelación de secretos e información confidencial del OAC por parte de De Alfonso por dar a conocer el contenido de varias investigaciones emprendidas por la Oficina, incluso con la entrega de documentación, respecto a los cuales tenía obligación de reserva.
En este punto, la querella señala que el ministro de Interior "provoca, posibilita, facilita y favorece activamente el hecho delictivo" por lo cual sería "partícipe" de este delito.
Asimismo el documento apunta indicios sobre la autoría o participación de Fernández Díaz en una "revelación de secretos e información confidencial, del Cuerpo Nacional de Policía, en concurso con falsedad y calumnias" al diario El Mundo.
El delito de violación de secretos comporta de uno a tres años de prisión y de 3 a 5 de inhabilitación para cargo público, aparte de multas económicas.
Prevaricación y malversación
Igualmente, la querella incluye "delitos continuados de prevaricación", contemplados en el artículo 404 del Código Penal, a raíz de la decisión de llevar a cabo "investigaciones injustificadas e ilícitas, con clara y manifiesta desviación de poder". El delito de prevaricación puede comportar penas de 7 a 10 años de inhabilitación para ocupar cargo público.
La prevaricación se habría cometido con la utilización de dinero público, por lo cual se añade la acusación de malversación, que contempla el artículo 432 del Código Penal. El delito de malversación es el que comporta una pena más elevada que puede llegar a una condena de prisión de 4 a 8 años, y con agravantes, como la cantidad de dinero malversado, puede llegar a una pena de 10 a 20 años de inhabilitación para cargo público.