El Audiencia provincial de Barcelona ha ordenado reabrir la causa por el presunto espionaje de los Mossos d'Esquadra al presidente de Sociedad Civil Catalana, Josep Ramon Bosch, durante su etapa al frente de esta organización, del 2014 al 2015.
Según ha informado la entidad, el Juzgado de Instrucción 19 lo ha decidido después de que el mismo Bosch presentara un recurso al sobreseimiento de la causa dictado el 3 de julio pasado por un juzgado de instrucción. Entonces, el tribunal descartó que las supuestas investigaciones se hicieran por motivos políticos, pero el presidente de la entidad presentó un recurso que fue admitido a trámite y que ahora se ha resuelto favorablemente, por lo cual se reanudará la investigación judicial.
Sociedad Civil Catalana ha emitido un comunicado en que considera "de vital importancia" que la justicia aclare los hechos ya que, de demostrarse, evidenciarían "una acción antidemocrática y propia de regímenes totalitarios".
En el escrito de la Audiencia, la sala discrepa de la instructora y entiende que del informe policial remitido a Fiscalia "se deducirían elementos indiciarios suficientes para continuar las actuaciones".
En este informe se recoge un organigrama, presuntamente elaborado por los Mossos, en qué aparecen fotografías de varios políticos del PP y PSOE, de periodistas, de empresarios, de detectives, de comisarios de la policía española y de miembros de Sociedad Civil Catalana, entre ellos el entonces presidente Josep Ramon Bosch.
También se incluye en el informe una descripción de Bosch que igualmente se atribuye a los Mossos. Se lo define como "empresario y activista político catalán de carácter españolista, que militó en el PP, fundador de Somatemps y que presidió la plataforma unionista Sociedad Civil Catalana".
Estos hechos hacen concluir a los magistrados de la Audiencia de Barcelona que no se puede concluir que las menciones al querellante sean "meras menciones nominales", sino que habría sido objeto de "las vigilancias y los controles" que Bosch denunciaba en la querella.
Por todo ello, la Audiencia resuelve revocar el sobreseimiento provisional y ordenar que prosiga el curso de las actuaciones. También indica al juzgado instructor que remita estas actuaciones al juzgado 22 de Barcelona para acumularlas en las diligencias previas que se siguen en este juzgado "por razones de conexidad procesal con esta causa".