La Audiencia Nacional ha rechazado la petición de la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado de suspender cautelarmente la orden del Ministerio del Interior de repatriar a los menores migrantes que atravesaron en mayo la frontera de Marruecos con Ceuta. En un auto de este miércoles, el tribunal afirma que del documento del 10 de agosto que emitió Interior "no se deducen las violaciones de derechos denunciadas". La AN argumenta que la regulación del procedimiento de repatriación de un menor contempla que, en caso de vulneración de derechos, se impugne la decisión de expulsión "delante de los órganos de esta jurisdicción que sean competentes que ya tienen conocimiento de alguno de estos recursos", en referencia a los juzgados de Ceuta.
Con respecto a las alegaciones de Interior, que ha argumentado en un escrito que la AN no es competente porque "no existe acta o instrucción" que sea impugnable, el tribunal las rechaza y se declara competente para resolver la medida solicitada.
Los magistrados consideran que el escrito del 10 de agosto aunque "presenta defectos formales, como la falta de firma o destinatario así como su escueta fundamentación", "ha servido para que las autoridades correspondientes a la ciudad autónoma hayan puesto en marcha actuaciones de retorno de menores marroquíes con base en tal documento o instrucción".
Interior dice que no ordenó la repatriación a Marruecos
La noticia llega después de que este miércoles, Interior haya dicho que no ordenó la repatriación. Después de que la justicia lo haya parado durante tres días, ahora el ministerio del Interior ha asegurado en la Audiencia Nacional que "no existe ningún acta o instrucción" del departamento encabezado por Fernando Grande-Marlaska en que se ordenen estas devoluciones.
En un escrito dirigido a la sala contenciosa administrativa, el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, argumenta que el documento que solicita es un escrito del 10 de agosto que "se limita a poner de manifiesto que el Ministerio del Interior ruega que se proceda a efectuar el retorno de los menores respetando sus intereses o derechos".
De esta manera, según expone Pérez, "como no existe actividad administrativa impugnable por parte del Ministerio del Interior" la Audiencia Nacional tendría que proceder a la inadmisión del recurso presentado por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, en la que se pedía la suspensión cautelar de los traslados de los menores.