El 8 de abril de 2014, Marta Rovira (ERC), Jordi Turull (CiU) y Joan Herrera (ICV-EUiA), fueron al Congreso de los Diputados para presentar, en nombre del Parlament de Catalunya, una proposición de ley para celebrar un referéndum pactado. Concretamente se solicitaba la transferencia de la competencia para convocar una consulta vinculante a través del artículo 150.2 de la Constitución Española. Siete años después, Pere Aragonès ha desempolvado aquella vía, ante la negativa de Pedro Sánchez a la autodeterminación.
Al día siguiente de la reunión entre presidentes en Moncloa, el jefe del ejecutivo español ha cerrado públicamente la puerta al referéndum si no es que las fuerzas independentistas consiguen el apoyo de 3/5 partes de los diputados del Congreso para reformar la Constitución. Y ha añadido que nunca contarán con el apoyo del PSOE para que eso suceda. Es decir, un camino imposible.
"Hay otras vías, me remito a hace siete años", ha replicado Aragonès, primero desde los micrófonos de Catalunya Radio y después en La Sexta. Fuentes de presidencia consideran que hay camino por recorrer, siempre que haya "mentalidad abierta", para el referéndum pactado. El propio president define esta opción como "la vía más fácil y transitable", en contraposición a la unilateralidad.
El 150.2 vs. el artículo 1 de la Constitución
Aquel abril de 2014, siete meses antes del 9-N -y sin rastro en las cortes españolas de partidos como Ciudaadnos, Podemos o Vox- Rovira, Turull y Herrera defendieron que el traspaso de las competencias para organizar un referéndum era "legal, posible y necesario", y que sólo requería de voluntad política. Una predisposición que su interlocutor, Mariano Rajoy, no tenía. "La soberanía del pueblo español corresponde a todos los españoles. No existen ni se pueden crear soberanías regionales, ni provinciales, ni locales," fue la respuesta del entonces presidente de España, que se aferraba al artículo 1 de la Carta Magna. La propuesta catalana fue rechazada por 299 votos en contra (PP, PSOE, UPyD, Foro Asturias y UPN), 47 a favor (CiU, ERC, BNG, Izquierda Plural, PNV, Amaiur, Geroa Bai, Compromiso y Nueva Canarias) y la abstención de Coalición Canaria.
Mas, Rajoy y el artículo 92
A lo largo de la última década se han explorado otras alternativas para conseguir arrastrar al Estado a un referéndum acordado. Todos los intentos han sido fallidos. En julio de 2013, Mas puso sobre la mesa Rajoy el artículo 92 de la Constitución, que prevé que "las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum" que tiene que convocar "el Rey, mediante propuesta del presidente del Gobierno previamente autorizada por el Congreso de los Diputados". También lo probó Puigedemont, con el mismo resultado: no, gracias.
Las consultas refrendarias y no refrendarias
Unos años antes, en el 2010, el gobierno Montilla aprobó la ley de consultas populares, que reservaba al Estado la competencia exclusiva de autorizar referéndums. Cuando Mas llegó a la presidencia buscó una nueva rendija, versionando aquel texto y añadiendo el concepto de "consultas populares no refrendarias, consultivas y no vinculantes". Es decir, se proponía al Estado que permitiera hacer una consulta sin implementación inmediata de los resultados. Ni así.
El plebiscito fallido del 27-S
Mas todavía lo probó a través de la fórmula de las elecciones plebiscitarias, el 27-S de 2015. El entonces president quiso ratificar los resultados del 9-N a través de unos comicios donde los electores votaran en clave de independencia 'sí' o 'no'. La indefinición de los comunes imposibilitó esta vía. El 'sí' ganó, pero no superó el 50%.
La disposición adicional a la ley española
Ya con Quim Torra como president, el Instituto de Estudios de Autogobierno sugirió una nueva alternativa. Se trata de la introducción de una disposición adicional a la Ley orgánica española que regula las modalidades de referéndums. Un texto de 1980. Esa propuesta quedó guardada en algún cajón del Palau de la Generalitat.
En la imagen principal, Turull, Rovira y Herrera en el Congreso, en abril de 2014. / ACN