El Tribunal Supremo (TS) cierra el paso a Enric Millo, quien fue delegado del Gobierno en Catalunya durante los hechos del 1-O, en su intento de parar los indultos a los líderes independentistas condenados por la implicación en el referéndum y la declaración unilateral de independencia. La Sala del Contencioso Administrativo del alto tribunal ha desestimado los recursos que el dirigente del PP —ahora responsable de Acción Exterior de la Junta de Andalucía— interpuso contra los indultos al expresidente de ERC Oriol Junqueras y el expresidente de Òmnium Cultural Jordi Cuixart al considerar que el político popular no está legitimado a reclamar esta medida.

En una sentencia publicada este viernes, el Supremo recuerda que ya inadmitió por el mismo motivo otros procedimientos similares presentados por Vox y por varios exdiputados catalanes. Enric Millo y otros dirigentes populares presentaron los recursos a los indultos al considerar que se habían sentido afectados por estas medidas de gracia porque se consideran víctimas de los hechos y circunstancias que se vivieron, con "ataques" personales con motivos políticos, y cuyos responsables últimos luego fueron indultados.

 

Intenta tumbar los indultos al considerarse víctima

Millo recurrió alegando que durante el procés, cuando pasaron los hechos por los cuales fueron indultados a Junqueras y Cuixart, él ejercía el cargo de delegado del Gobierno en Catalunya, y por eso tenía un interés legítimo en recurrir la medida de gracia concedida. Era responsable de los cuerpos y fuerzas de seguridad, víctimas de la "violencia ambiental" del procés, y tanto él como su familia fueron objeto de ataques y sufrieron "violencia, intimidación y hostigamiento generalizado", esgrimió. El exdelegado recordó que llegó a ser declarado persona non grata en muchas localidades catalanas y destacó que también recibió ataques y estallidos directos por su afiliación en el PP; los delitos indultados lo afectaron "inequívocamente" y por eso, sostenía, estaba legitimado para recurrir los indultos.

La Abogacía del Estado, por su parte, rechaza esta legitimidad y señala que Millo no se personó en la causa penal del procés y ante los escraches y las amenazas sufridas puede acudir a la justicia, pero no recurrir los indultos. Los magistrados tampoco lo ven legitimado, ya que, explican, en los hechos probados de la sentencia del procés no se reseñan los mencionados por Millo. El recurso se vincula a la condición de ser víctima, perjudicado u ofendido por el delito, pero no incluye a "la noción más general de afectado por el delito".