Este viernes se inician los primeros procesos para sancionar a las compañías de agua, gas y electricidad que incumplan la Ley 24/2015 en el ámbito de la pobreza energética, cuyos artículos no han sido suspendidos por el Tribunal Constitucional.
El Ayuntamiento de Sabadell ha resuelto la falta de reglamento sancionador de la mencionada ley con una solución creativa: aplicar el Codi de Consum de Catalunya. El Codi ya se menciona en la ley 24/2015 para definir como consumidores a los afectados por esa normativa y su aplicación en estos casos está aconsejada por la Agència de l'Habitatge de Catalunya en su guía sobre la ley de pobreza energética.
Los incumplimientos son de dos tipos. Por una parte, las suministradoras no avisan a los servicios sociales de los ayuntamientos antes de cortar al servicio. Las compañías están obligadas a hacerlo y tienen que pedir al ayuntamiento que emita un informe de vulnerabilidad antes de cortar el servicio. Se considera vulnerable una persona u hogar en riesgo de exclusión residencial, es decir, que tenga unos ingresos inferiores a entre dos y tres rentas de suficiencia. En Catalunya esa renta son 569,12 euros mensuales o 7.967,73 euros anuales.
El ayuntamiento tiene un plazo de 15 días para contestar. El silencio es positivo: si no dice nada se entiende que la persona o el hogar afectado es vulnerable. En este caso se establece un procedimiento para resolver el pago según lo fijado en la ley de pobreza energética.
En caso de que no sea vulnerable, la compañía tiene que informar a la persona u hogar afectado que le cortará el servicio y que tiene derecho a pedir a los servicios sociales del ayuntamiento un informe de vulnerabilidad. Esta es la segunda causa de sanciones: no informar de sus derechos al usuario en riesgo de corte del servicio.
Este caso es más grave, porque si se corta el suministro y después se reconoce que la persona u hogar son vulnerables, la compañía no restablece el servicio hasta que el ayuntamiento no paga la deuda.
Los incumplidores
Desde agosto de 2015, el Ayuntamiento de Sabadell ha hecho 626 informes que confirman situaciones de exclusión residencial referentes a impagos del recibo de la luz. Son de oficio y también a instancia de las compañías. En 240 casos (el 38%) se ha detectado que la compañía incumplió la ley porque no se ha dirigido a los servicios sociales ni ha informado al usuario de sus derechos antes de cortar al servicio. En 30 de estos casos se llegó a suspender efectivamente el suministro.
En este caso, significa que el ayuntamiento ha pagado las facturas de las 240 situaciones de impago y que no llegó a tiempo de evitar el corte en los citados 30. Eso ha supuesto un gasto de 80.000 euros a las arcas municipales.
¿Qué hace una compañía que cumple? En primer lugar avisa al ayuntamiento y no le pide el pago de la factura. En segundo lugar, informa al usuario de sus derechos. Un caso de buen comportamiento es Aigües de Sabadell (CASSA), donde Aguas de Barcelona tiene la mayoría y el ayuntamiento cuenta una participación del 20%. CASSA tiene registrados 216 contratos vulnerables, que ha asumido la misma compañía, a la que ha supuesto un coste de 51.673 euros. También ha cerrado 1.768 acuerdos de pago con personas u hogares en situación vulnerable por valor de 441.738 euros.
Los principales incumplidores son las grandes compañías, "que consideran que la ley de pobreza energética no les afecta porque sostienen que la competencia sobre energía es estatal" y ni siquiera informan al ayuntamiento de los casos de impago, explican fuentes municipales.
En el ayuntamiento vallesano esperan que las alegaciones de las suministradoras se basarán en este argumento. Si reinciden o no reestablecen el servicio, la sanción se incrementará progresivamente. Si el ayuntamiento la valora como muy grave, la trasladará a la Generalitat, al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.