El juzgado de instrucción número 24 de Barcelona ha confirmado el segundo juicio contra el 131 president de la Generalitat, Quim Torra, a raíz de la pancarta de apoyo a los presos independentistas colgada en el Palau de la Generalitat. Una pancarta colgada después de las elecciones municipales, el 27 de mayo del 2019, que denunció la entidad Impulso Ciudadano y que hará que Torra tenga que sentarse por segunda vez en el banquillo de los acusados.

A partir del primer juicio, el TSJC inhabilitó a Quim Torra en septiembre del 2020 —lo que provocó la convocatoria de elecciones— por no sacar una primera pancarta del balcón de la Generalitat. Torra es el tercer presidente de la Generalitat fulminado.

El trámite, rechazando el recurso, llega 48 horas después de las elecciones del 14-F al Parlament de Catalunya, sumándose a los movimientos judiciales que está habiendo una vez pasados los comicios. Ayer fue la Fiscalía quien recurrió el tercer grado de los presos políticos. Hoy, movimiento contra Quim Torra.

El juzgado ya había dejado a Torra a un paso del juicio, pero la defensa y también la acusación popular habían presentado dos recursos para tratar de frenar la nueva vista oral. Ahora han sido rechazados, confirmando por lo tanto su decisión anterior.

En aquella resolución, la magistrada constataba que la conducta de Torra "demuestra indiciariamente una contumaz rebeldía enfrente de aquello ordenado" por el TSJC el 19 de septiembre del 2019, cuando le dio 48 horas para retirar la pancarta.

La defensa había pedido nuevas testificales para incluir a la instrucción, entre las que había mossos d'esquadra y los abogados de la Generalitat. Pero el juez lo ha desestimado: "No sólo no se consideran imprescindibles, sino que se consideran superabundantes, ya que ni los mossos d'esquadra ni los letrados de la Generalitat cuya declaración se solicita, pueden aportar nada nuevo ni diferente de lo que ya consta en las actuaciones".

 

 

En su recurso Torra también indicaba que el escrito del juzgado obvia en la cronología de los hechos que el entonces presidente recurrió la orden que lo obligaba a sacar la pancarta, de manera que argumenta que todavía no era una orden firme. Según la defensa, esta omisión "desequilibra la investigación y hace perder la imparcialidad". En este punto, los abogados dicen que es "evidente" que Torra estaba amparado en preceptos legales y constitucionales como el derecho a recurrir. De hecho, aseguran que este derecho "se ve violentado, si no anulado desde el momento en que se plantea que la desobediencia se produce incluso estando recurrido el requerimiento". Así, la defensa critica que para denunciar la desobediencia de Torra, primero "se tendría que haber esperado que se produjera" una vez se hubiera resuelto el recurso que presentó.