La ley de amnistía del procés cumple su tercera semana en vigor y el Tribunal Supremo, órgano superior en la jurisdicción española, mantiene el silencio. El instructor de la causa del 1-O, Pablo Llarena no ha levantado la orden de detención del president en el exilio, Carles Puigdemont, ni de los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig y de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, aunque la ley de amnistía indica que las medidas cautelares tienen que decaer "de forma inmediata", una vez hay una revisión del juez del caso. La tramitación de la norma del olvido penal es preferente y los jueces y magistrados tienen dos meses para revisar las causas. La sala de lo penal del Supremo, presidía por Manuel Marchena, tampoco ha resuelto nada sobre los políticos de Junts y ERC condenados del 1-O que todavía tienen inhabilitaciones, aunque, como Llarena, el tribunal dio cinco días a las partes para que dijeran si era "aplicable o inaplicable la amnistía". Todo el mundo ha cumplido, pero el Supremo, por ahora, calla. Un silencio que coincide con el estado de hibernación de la política catalana hasta encontrar a un president de la Generalitat, hecho que retrasa la vuelta de Puigdemont.
Desde la entrada en vigor de la norma del olvido penal, el 11 de junio pasado, solo la sección de apelaciones de la sala de lo civil y penal del TSJC ha cumplido esta diligencia debida y el martes dictó las primeras 18 personas amnistiadas, la mayoría jóvenes y manifestantes anónimos y también el exconseller de Interior Miquel Buch y el sargento de los Mossos Lluís Escolà. Habrá que ver, si la Fiscalía, que informó contra la amnistía de Buch i Escolà por la malversación, pide ahora al Tribunal Supremo que lo revoque. La lista de amnistiado llega a la treintena porque a las personas absueltas también se les borra los antecedentes penales y policiales. Por ahora, sin embargo, solo el tribunal del TSJC ha aprobado amnistías, aunque se esperan más estas próximas semanas. La cifra de beneficiarios se acerca al medio millar en las causas penales.
La Fiscalía pide la amnistía en la mayoría de casos
Por ahora, la respuesta de la Fiscalía ha sido esperanzadora, especialmente para los 12 CDR procesados por terrorismo en la operación Judas, y a quien el ministerio público les pedía de 8 a 27 años de prisión. En la vista previa, de este jueves en la Audiencia Nacional, la teniente fiscal Marta Durántez, dejaba claro que los 12 ciudadanos deben ser amnistiados porque las acusaciones contra ellos son de acciones en grado de tentativa y nunca causaron daño, ni grave, a ninguna persona, como excluye la norma para no amnistiar.
La Fiscalía Superior de Catalunya también ha pedido la amnistía a los cargos de ERC, Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga, pendientes de juicio, los dos primeros afrontando elevadas penas de prisión. El tribunal del TSJC, seguramente, espera que el Tribunal Supremo resuelva si se puede o no amnistiar la malversación del 1-O, porque al final, al ser el órgano superior, se tendrá que acatar lo que decida el Supremo.
Además, el ministerio público ha solicitado al TSJC la extinción de toda responsabilidad al expresident Artur Mas y las exconselleres Irene Rigau y Joana Ortega por la consulta del 9-N de 2014. Su caso no es conflictivo: ya han cumplido la condena de inhabilitación, y ni hay que borrarles antecedentes. Por su parte, el Departament de Interior ha informado que continúa trabajando para hacer efectiva la retirada de multas por el 1-O; por ahora ninguna ejecutada.
El argumento de Vox
Las defensas de los encausados y las acusaciones han presentado sus escritos, y cuando los magistrados del Supremo se pronuncien se verá si reflejan en algunos de sus argumentos. En el juicio del 1-O, el tribunal ya se ayudó con el posicionamiento del partido a ultra Vox, que hacía de acusación popular. Ahora, en las causas del 1-O en el Supremo, como las de Tsunami Democràtic, en la Audiencia Nacional y en el Supremo, la abogada de Vox, Marta Castro, pide a los jueces que no apliquen la amnistía a los encausados. Insiste que esta norma vulnera la independencia judicial y el derecho a la igualdad. "Es público y notorio que se han producido presiones de los poderes ejecutivo y legislativo sobre los jueces y magistrados", afirma la letrada en el escrito presentado en la causa de Tsunami Democràtic, donde hay diez investigados.
Lo más destacado de la resolución de Vox es que defiende que cada juez tiene que decidir si mantiene las órdenes de detención y que puede dictar de nuevas. Lo sustenta en la sentencia del Tribunal Constitucional 234/1997, y en concreto lo que recoge el Diario Oficial de la UE (DOUE), de 8 de noviembre de 2019, que sostiene que"el órgano jurisdiccional nacional sigue siendo competente para adoptar medidas cautelares, especialmente cuando la cuestión planteada se refiera a la validación de un acto o disposición". La respuesta de los jueces Llarena y Marchena es esperada. Y necesaria.