El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont, ha celebrado el posicionamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre un aspecto de la política de asilo. Concretamente, en una sentencia publicada este martes, el TJUE sostiene que el Derecho de la Unión no se opone, en determinadas condiciones, al hecho de que los beneficiarios de protección internacional tengan que aprobar un examen de integración cívica. Puigdemont ha puesto en valor el hecho de que el tribunal reconoce la importancia del aprendizaje lingüístico para el proceso de integración de refugiados.
"El Tribunal Europeo acaba de subrayar la importancia de la adquisición de conocimientos, especialmente lingüísticos, para su integración y que los Estados pueden obligar a seguir cursos de integración cívica", ha destacado Puigdemont en una publicación en X, antes Twitter. "El concepto integración cívica, tal como lo entiende el Tribunal de Justicia de la UE, es el punto de encuentro de la mayoría de la sociedad europea", ha remarcado.
El líder de Junts ha aprovechado para apuntar: "Los derechos y los deberes no se pueden disociar. No se puede negar derechos y al mismo tiempo no exigir deberes, como pretenden algunos, y tampoco se puede reconocer derechos y al mismo tiempo eludir los deberes, como pretenden otros".
Este es un aspecto importante en la política de asilo a los refugiados. El Tribunal Europeo acaba de subrayar la importancia de la adquisición de conocimientos, especialmente lingüísticos, para su integración y que los Estados pueden obligar a seguir cursos de integración cívica.
— krls.eth / Carles Puigdemont (@KRLS) February 4, 2025
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Un posible examen (con límites)
La sentencia del TJUE nace de un caso de los Países Bajos, donde un joven de origen eritreo que se encontraba bajo el régimen de asilo, no hizo los cursos de integración cívica que exigen las autoridades. Al cumplir 18, se informó al joven de que tenía que hacer esta formación, así como aprobar todos los exámenes de integración cívica. Pasado el plazo, no se presentó a algunos de los cursos y tampoco aprobó ningún examen. El Estado lo sancionó, pero el caso ha llegado delante del TJUE.
El tribunal europeo considera que la Directiva europea que regula los derechos y la protección de los refugiados en la UE no impide que aquellas personas que se benefician de esta protección puedan hacer un examen de integración cívica. El TJUE subraya "la importancia de adquirir conocimientos tanto de la lengua como de la sociedad del estado miembro de acogida para favorecer la integración", así como "para facilitar su acceso, en especial, al mercado laboral".
También se matiza que si se suspende "no se puede sancionar sistemáticamente con una multa. Esta sanción solo se puede imponer en supuestos excepcionales, como una falta acreditada y persistente de voluntad de integración".