El Ayuntamiento de Vilanova de Sixena ha reclamado embargar los bienes de los exconsellers de Cultura, Santi Vila y Lluís Puig, porque no han pagado la fianza ordenada por el juez. Concretamente de 216.000 euros a Vila y de 88.000 euros a Puig para "garantizar" las "posibles responsabilidades" que se los puedan imponer.
Los exconsellers recurrieron la decisión judicial al entender que era "excesiva, desproporcionada e injustificada". Además, sus defensas lamentan que el importe de la fianza se haya establecido a partir de la multa pedida por la acusación particular en vez de la solicitada por la fiscalía, mucho más baja.
El juzgado de instrucción número 3 oscense estableció estas fianzas en el auto del 5 de diciembre en que decidió abrir juicio oral contra los exconsellers de Cultura, Santi Vila y Lluís Puig, acusados de un delito de desobediencia por no haber entregado en Aragón las 44 piezas de Sixena del Museu de Lleida.
La fiscalía solicita dos años de inhabilitación y una multa de 6.138 euros a cada uno por un delito desobediencia mientras que la acusación particular, representada por el Ayuntamiento de Vilanova de Sixena (Huesca), a través del abogado Jorge Español, solicita 11 meses de prisión, 162.000 euros de multa y dos años y nueve meses de inhabilitación de cargo público para el exconseller de Cultura Santi Vila y una multa de 66.000 euros y dos años de inhabilitación para su sucesor en el cargo, Lluís Puig. Además de la desobediencia, la acusación particular también acusa a Vila de un posible delito de usurpación de atribuciones judiciales.
Recursos de Vila y Puig
El 13 de diciembre Santi Vila presentó un recurso de reforma contra el pronunciamiento del juzgado con respecto a la fianza impuesta. El 16 de diciembre lo recorrió Lluís Puig. A raíz de los recursos, el abogado del Ayuntamiento de Vilanova de Sixena, Jorge Español, presentó dos escritos.
Las defensas de los exconsellers alegan que las fianzas son "absolutamente desproporcionadas y arbitrarias". Además, entienden, en el auto del juez no se explica a qué responsabilidades correspondería esta cifra "tan elevada", lo cual, dicen, "vulnera el derecho de defensa". En los recursos también se expone que el juez justifica el importe establecido por las "responsabilidades pecuniarias" que se les pudiera imponer, pero "ni la fiscalía ni la acusación particular cuantifican ninguna responsabilidad civil derivada del delito", apuntan. "Sencillamente, porque no existe ningún perjuicio económico", añaden.
¿De dónde viene el conflicto?
Los hechos que se juzgarán tienen su origen en la sentencia del juzgado de primera instancia 1 oscense del 8 de abril de 2015 en qué anulaba las compraventas de las obras hechas por la Generalitat entre 1983 y en 1992 y por el Museu Nacional d'Art de Catalunya (MNAC) en 1994.
La misma sentencia recogía que las piezas eran propiedad del Orden sanjuanista del Monasterio de Sixena. El 11 de junio de 2015, el mismo juzgado ordenaba la ejecución provisional de la sentencia y requería el traslado "inmediato" de las 44 obras. La Generalitat, sin embargo, recurrió todas las decisiones judiciales y declaró la unidad de la colección, cuando Vila era conseller de Cultura.