El Tribunal Supremo cierra la puerta a investigar por prevaricación al presidente del Consejo General del Poder Judicial y a los vocales del CGPJ que votaron a favor de una declaración contra la amnistía antes de que se conociera el texto de la norma. Así lo ha decidido la Sala de lo Penal, que ha acordado la inadmisión a trámite y el archivo de la querella que presentó Sumar en noviembre. El Alto Tribunal no aprecia delito ni en la convocatoria del pleno extraordinario ni en la aprobación del pronunciamiento. La querella apuntaba directamente a los diez vocales conservadores, los nueve vocales que votaron a favor y el presidente, Vicente Guilarte, que votó en blanco alegando que posicionarse era prematuro. Los otros cinco vocales votaron en contra. Sumar denunciaba la “inaceptable intromisión” del CGPJ en la función legislativa del Congreso a través de una resolución “ilegal”, “arbitraria” y que excedía sus competencias. En aquel momento, los vocales progresistas tildaron el pleno de “golpe de Estado con toga”.

 

En un auto, la Sala de lo Penal arguye que se trata, únicamente, de “la opinión de nueve vocales del CGPJ en relación con un pacto para la regulación de una futura ley de amnistía” y defiende que se trata de “manifestaciones amparadas por el derecho a la libertad de expresión, y llevadas a cabo en el estricto ejercicio de su función consultora”. Los magistrados, que acogen los argumentos del Ministerio Fiscal, afirman que “teniendo en cuenta la abundante jurisprudencia sobre el delito de prevaricación administrativa”, la convocatoria del pleno extraordinario del CGPJ y el correspondiente acuerdo no se pueden incardinar en el delito de prevaricación, ya que “no cumplen los requisitos que la jurisprudencia exige para considerar la existencia de este delito”. “No estamos ante un procedimiento administrativo, no es una resolución decisoria que afecte o perjudique los administrados y, por lo tanto, eso hace decaer cualquier posibilidad de encontrarnos ante una conducta prevaricadora en un sentido técnico jurídico penal”, esgrimen.

“Se adjudican atribuciones del TC”

En el texto de la querella, Sumar atribuía a los promotores de esta declaración arrogarse atribuciones que corresponden exclusivamente al Tribunal Constitucional al pronunciarse sobre una proposición de ley cuando el texto no estaba ni registrado. Además, recriminaba que la intención era enviar a la ciudadanía un “mensaje apocalíptico” que solo podía contribuir a una “mayor crispación social”. Desde Sumar, reprochaban que la declaración del CGPJ contenía “afirmaciones de extrema gravedad ajenas a su naturaleza jurídica y que convierten el acuerdo en una actuación de crítica política partidista, desbordante de manera deliberada la naturaleza del órgano y del acto administrativo del acuerdo”.

La querella se dirigía contra sus ocho promotores, los vocales Carmen Llombart, José Antonio Ballestero, Gerardo Martínez-Tristán, Juan Manuel Fernández, Juan Martínez Moya, José María Macías, Nuria Díaz Abad y María Ángeles Carmona. Y también contra Wenceslao Olea, que votó a favor, y contra Vicente Guilarte, al presidente, que optó por votar en blanco, como cooperador necesario.