Una respuesta esperada. El Tribunal Supremo ha archivado los recursos presentados por partidos españolistas contra los indultos que el gobierno de Pedro Sánchez concedió a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y a los exconsellers Joaquim Forn y Josep Rull, después de la derogación del delito de sedición, el diciembre pasado, según ha informado este miércoles el alto tribunal español.
No obstante, la sala del contencioso-administrativo del Tribunal Supremo descarta el archivo de la causa al resto de políticos indultados: el líder de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsellers Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, porque fueron condenados por el delito de malversación de fondos (modificado, pero no suprimido), además del delito de sedición, y por esto -sostiene- que "no queda excluida para ellos la pena privativa de libertad". Ni tampoco a los líderes sociales Jordi Sánchez, entonces presidente de la ANC, y Jordi Cuixart, expresidente de Òmnium Cultural, que con la reforma penal, de diciembre del 2022, su condena por sedición pasó a ser de desórdenes públicos.
Sin malversación
En concreto, la sala del contencioso–administrativo del Tribunal Supremo ha dictado varias resoluciones en las cuales declara finalizados por pérdida de objeto los recursos presentados por partidos como Ciutadans, el PP y Vox contra los indultos concedidos por el Gobierno, el junio de 2021 a los líderes catalanes, que estuvieron unos 3 años encerrados. En concreto, se ha archivado la revisión del indulto a Forcadell, condenada por la sala de lo penal del Supremo a 10 años y medio de prisión, y los exconsellers Forn y Rull, condenados a 11 años y medio de prisión por el delito de sedición, ahora desaparecido. No fueron castigados por el delito de malversación de fondos, como el resto de condenados a sedición. El tribunal expone que la sala penal del Supremo ya descartó equiparar el delito de sedición por el cual los condenó al nuevo delito de desórdenes públicos, como quería el Gobierno.
Una revisión excepcional
La revisión de los indultos a los independentistas catalanes ha sido excepcional. Inicialmente, la sección quinta de sala de lo contencioso-administrativo del TS rechazó, por tres votos a dos, todos los recursos, particulares y de los partidos (PP, Vox y Ciutadans) al considerar que no estaban facultados para emprender esta acción judicial por no tener un interés legítimo. La composición de la sala cambió, con mayoría de jueces conservadores, y el mayo del 2022 aceptaron esta revisión, que quedó pendiente ante la reforma penal anunciada y aprobada a finales del año pasado por el Gobierno del PSOE.
La inhabilitación se mantiene
La sala de lo penal del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena revisó, el febrero pasado, la condena a los independentistas catalanes a raíz de la reforma del Código Penal pactada por el PSOE y Esquerra Republicana. Siguiendo el mismo criterio del instructor Pablo Llarena, el Supremo condena Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa por los delitos de malversación y desobediencia y les mantiene la inhabilitación hasta el 2031. Ahora bien, la sentencia extingue las penas de inhabilitación contra Jordi Sánchez. Ahora, la sala contenciosa sostiene que con los delitos imputados se mantiene la pena de prisión si se les revocara el indulto, y por eso no archiva la causa de su revisión.
En la misma situación están los Jordis, la sala de lo contencioso afirma que la sala de lo penal conmutó su condena de sedición por la de desórdenes públicos, castigado con penas de 3 a 5 años de prisión, y si finalmente revoca sus indultos, asegura que será el tribunal penal quien tenga que fijar la condena. No obstante, Cuixart y Sànchez fueron los primeros que entraron en prisión preventiva, el 16 de octubre de 2017, y cumplieron tres años y medio cerrados.