El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la segunda condena por desobediencia impuesta al president Quim Torra por no haber descolgado la pancarta a favor de los presos políticos del Palau de la Generalitat en septiembre del 2019. La Sala de lo Penal del Tribunal ha acordado la inadmisión del recurso de casación presentado por el expresident de la Generalitat contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona, del 5 de mayo del 2023, que confirmó su condena a 15 meses de inhabilitación a cargo público y al pago de una multa de 24.000 euros por un delito de desobediencia. El TS considera que el recurso no ha acreditado "interés casacional", es decir, que los tribunales anteriores no se hayan pronunciado en conformidad con la jurisprudencia, y por este motivo ha decidido inadmitirlo. Torra ya no tiene posibilidad de recurrir esta resolución en el Supremo, pero todavía puede dirigirse al Tribunal Constitucional.
El alto tribunal ha apuntado que la Audiencia Provincial ya "descartó la existencia de vulneración de derechos fundamentales" de Torra al confirmar la sentencia inicial de un juzgado de lo penal de Barcelona, y no aprecia que esta decisión sea irracional o arbitraria. Entonces, el tribunal consideró probado que Torra no cumplió la orden del TSJC de retirar la pancarta y dice que no se podía amparar en el ejercicio de derechos fundamentales o la inviolabilidad parlamentaria. La causa se inició a raíz de una denuncia realizada por la entidad españolista Impulso Ciudadano, que exigía retirar en menos de 48 horas la pancarta que ponía 'Llibertat presos polítics i exiliats' en catalán e inglés, junto con un lazo amarillo, aunque no era periodo electoral.
Segunda condena contra Torra por no descolgar la pancarta
Esta es la segunda condena de Torra por no descolgar la pancarta. La primera sanción se hizo efectiva en septiembre del 2020, cuando el Supremo confirmó la condena a un año y medio de inhabilitación que le había impuesto el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) por desobediencia. Eso implicó la destitución de Torra como president de la Generalitat. Esta sentencia respondía a hechos ocurridos en marzo del 2019, cuando Torra se negó a cumplir con los requerimientos de la Junta Electoral Central (JEC) que le exigía retirar la pancarta a favor de los presos en medio del periodo electoral con motivo de las elecciones generales de abril de aquel año. El organismo consideró que era simbología identificable con determinadas opciones políticas, y que eso suponía una infracción del principio de neutralidad impuesto a todos los poderes públicos, y particularmente exigible en periodo electoral. Torra cumplió esta condena en abril del 2022.