El actual senador del PP, José Manuel Baltar, expresidente de la Diputación de Ourense, fue pillado por la Guardia Civil de Tráfico mientras conducía a 215 kilómetros por hora el 23 de abril del 2023, con un coche oficial. Baltar estaba al volante de uno de los vehículos de la Diputación de Ourense cuando fue interceptado en la A-52, a su paso por Asturians (Zamora), en sentido Benavent, en un tramo que estaba limitado a 120, y ahora se enfrenta a un posible delito contra la seguridad vial. La jueza del Tribunal Supremo, Ana Ferrer, ha propuesto juzgarlo por este delito y ha dado traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que, en el plazo de 10 días, solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el archivo de la causa. Baltar negó los hechos cuando compareció delante del Supremo el pasado 19 de diciembre.

Lo que dice el Código Penal

Según Ferrer, se puede afirmar que en el punto kilométrico 66,900, el coche que conducía al político del Partido Popular iba a 215 kilómetros por hora. La magistrada considera que, a pesar de aplicar el margen de error del 5% que establece la normativa, el resultado es de 204 kilómetros por hora, cosa que sigue estando por encima de la velocidad máxima permitida en este tramo de la autovía. El Código Penal castiga estos delitos con pena de prisión de tres a seis meses, con la de multa de seis a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Y en caso de condena, la retirada del carnet de conducir por un periodo de 1 a 4 años.

A 80 km/h más del permitido

La Guardia Civil de Tráfico dio el alto al vehículo de Baltar en el mencionado tramo del A-52, también conocida como Autovía de las Rías Bajas, pasadas las seis de la tarde, después de detectar un radar el exceso de velocidad. El político fue sancionado al acto con una multa de 600 euros y seis puntos en el carnet de conducir. Una vez se aplicó el margen de error posible en el radar, del 5% del total de la velocidad detectada, se procedió a abrir un atestado por una posible infracción penal al haber superado en más de 80 kilómetros por hora la velocidad permitida en el tramo.

La petición de la Fiscalía

Antes de que el caso llegara al Supremo, el Ministerio Fiscal presentó ante los juzgados de Galicia un escrito de acusación contra Baltar, considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial, en la modalidad de conducción de vehículos de motor a velocidad superior a la legalmente permitida del artículo 379.1 del Código Penal. La Fiscalía pidió una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, cosa que se traduciría en unos 1.800 euros. El Ministerio Público también reclamó un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores para el dirigente del PP.

Niega los hechos

El juzgado de instrucción acordó la apertura del juicio oral contra Baltar por hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad. Sin embargo, una vez acreditada la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, se inhibió y envió las actuaciones al Supremo. Cuando Baltar compareció voluntariamente delante del Supremo, negó que condujera a esta velocidad. "No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora", dijo su abogado, Ramón Montero, en declaraciones en la prensa. Previamente, Baltar se había negado a declarar ante esta misma instancia y en el juicio rápido a la Pobla de Sanabria.