Cambio de tribunal. El Tribunal Supremo ha dictado una resolución, conocida este viernes, en la cual acuerda que la competencia para conocer un recurso contencioso-administrativo presentado por el presidente de la Generalitat Quim Torra y el exdiputado de JuntsxCat Josep Costa contra el Gobierno, a quien acusan de haberlos espiado en sus móviles con el programa Pegasus es la sala del contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, y remitirá allí las actuaciones y que los dos se personen en este tribunal. En resumen, expone, que si se demuestra que el autor del espionaje es el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), como este depende del secretario de Estado, el control de su actuación es de los juzgados de la Audiencia Nacional y no del Supremo, que puede investigar la acción del Consejo de Ministros.

En concreto, Torra y Costa interpusieron un recurso contencioso-administrativo para la protección de sus derechos fundamentales, al ser espiados, según constató la investigación CatalanGate del grupo Citizen Lab, y los dos culpan directamente que lo hizo el Gobierno y la Administración General del Estado, con sus organismos como, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI). El CNI admitió haber espiado a 18 políticos, entre ellos el presidente Pere Aragonès, el otoño del 2019, con la difusión de la sentencia del Supremo contra los independentistas catalanes, ya que consideraban las movilizaciones ciudadanas, como un supuesto nuevo peligro la unidad de España.

Argumentos

En el auto, la sala destaca las alegaciones formuladas por el Abogado del Estado, que los denunciantes no concretan a los autores de la vulneración de sus derechos. Y expone: "Como en ningún caso queda acreditado que la vía de hecho denunciada puede imputarse en el Consejo de Ministros o a las comisiones delegadas del Gobierno, esta sala no tiene competencia objetiva para el conocimiento del pleito." Añade que comparte las alegaciones del Abogado del Estado en que "la actuación de control se atribuye al secretario de Estado director del Centro Nacional de Inteligencia", y, por lo tanto, la competencia es de la sala contenciosa de la Audiencia Nacional.

Juzgados

Con respecto a la vía penal, las querellas de Òmnium, la CUP y ERC están repartidos en tres juzgados de instrucción de Barcelona, sin embargo, un mes después de presentarse todavía no han aprobado ninguna actuación solicitada, ya que primero se ha debatido si se tenían que unificar en el juzgado de instrucción 32 de Barcelona porque ya tenía la causa de los líderes de ERC desde el 2020. El magistrado no las ha querido acumular.

El fiscal de Delitos Informáticos es partidario de investigar la vulneración de la intimidad y las comunicaciones de los querellantes, pero descarta, por falta de jurisdicción, que se investigue a la empresa NSO, propietaria de Pegasus, porque está en Israel. Por eso, los querellantes han pedido a los respectivos juzgados de instrucción (21, 22 y 24 de Barcelona), que se adhieran a lo que ha acordado el juez de la Audiencia Nacional que investiga el espionaje al presidente del Gobierno, y que ha decidido ir a Israel a tomar declaración a un responsable de NSO, pero como testigo.