El Tribunal Supremo ha descartado emitir nuevas euroórdenes inmediatamente por la sentencia del TJUE, se admite que se puede denegar la euroorden de Carles Puigdemont por riesgo de vulneración de derechos fundamentales. Además, la justicia europea ha abierto la puerta a desmontar la competencia del mismo Supremo para juzgar a los exiliados. Todo esto cuando se ha pronunciado sobre la negativa de la justicia belga a entregar a Lluís Puig al alto tribunal español, quien se ha mostrado convencido que la sentencia lo deja "un paso más cerca de volver a casa". Por su parte, Puigdemont ya había advertido que las euroórdenes quedan en vía muerta.
🔴 Carles Puigdemont y la sentencia del TJUE por las euroórdenes, última hora | DIRECTO
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Es decir, que "no habrá un efecto inmediato" en el Supremo por la sentencia del Tribunal de Luxemburgo — tal como han confirmado fuentes judiciales a Planta Baixa, que han apuntado a tres motivos: por una parte, el alto tribunal español todavía no ha recibido la sentencia del TJUE; por otra, que es la Fiscalía quien primero tiene que pedir la reactivación de las euroórdenes; finalmente, que el juez Pablo Llarena quiere un criterio estable para interpretar la reforma del Código Penal. Una reforma que, recordamos, derogó la sedición y modificó la malversación.
El enredo de las euroórdenes
La cosa es que Llarena dijo que no había sedición, ahora hay desobediencia. Pero la Fiscalía y la Abogacía del Estado recurrieron el auto del juez instructor para que sume un nuevo delito a la malversación y la desobediencia: los famosos desórdenes públicos ajustados. El Supremo tendrá que resolver ahora si se mantiene o no el criterio de Llarena sobre los delitos que se imputan a los líderes independentistas, al mismo tiempo que Manuel Marchena y el resto del tribunal todavía analiza como afecta la reforma del Código Penal a los condenados ya indultados. Cuando todo este enredo quede claro, será el momento que se podrán reactivar las euroórdenes.
Sobre las euroórdenes en general (y la euroorden de Puig, en particular), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha advertido que un estado miembro no puede negarse a ejecutarlas... pero sí que puede aplicar una disposición nacional que prevea que se puede denegar el orden de detención cuando "daría lugar a la vulneración de un derecho fundamental". Es así como admite que, para denegar una euroorden, un juez pueda valorar la existencia de deficiencias del sistema judicial "que afecten a la tutela judicial de un grupo objetivamente identificable de personas al cual pertenece el interesado". El pronunciamiento será clave para la sentencia que en abril tendrá que emitir el mismo Tribunal de Luxemburgo en relación con la inmunidad de los eurodiputados Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí.