El juez del Tribunal Supremo que investiga el caso Koldo, Leopoldo Puente, ha decidido este miércoles elevar el suplicatorio al Congreso de los Diputados para suspender la inmunidad de José Luis Ábalos. Aprecia que el exministro podría estar involucrado en la trama corrupta de las mascarillas y ve "bastantes indicios" que apuntan a cuatro delitos cometidos por parte de la exmano derecha de Pedro Sánchez: integración en organización criminal, tráfico de influencias, soborno y malversación.

En su auto, el magistrado explica que ha encontrado "bastantes elementos" que podrían incriminar a Ábalos después de las declaraciones ante el juez de él mismo, de su exasesor Koldo García, y de Víctor de Aldama, el comisionista de la trama. "El aforado podría, aprovechando su condición de ministro de Transportes, y a cambio de varios beneficios económicos, haber determinado la adjudicación de varios contratos de la administración pública y el sector público institucional con empresas privadas en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19".

En este mismo texto, el magistrado señala que se deduce igualmente que Aldama, "aprovechando la relación personal que le unía" con Ábalos y Koldo "habría obtenido información previa sobre las necesidades derivadas de la urgencia, lo que le permitió articular una oferta para asegurar la adjudicación del contrato de suministro en favor de la empresa cuyos intereses promovía, Soluciones de Gestión, así como que podría haber obtenido también, antes y después, por un procedimiento semejante, otros contratos de empresas y particulares con la administración pública y/o institucional". En concreto, indica que Koldo "intervenía activamente en la contratación, gestionaba los contratos de adjudicaciones a las empresas y, a la vez, realizaba operaciones para ocultar los cobros recibidos de la organización y en las que Ábalos también intervenía, personalmente y utilizando los oficios de su asesor en el Ministerio e, indiciariamente, disfrutando de los ilícitos beneficios económicos que tales actuaciones pudieran haberle generado".

Puente se remite a la declaración voluntaria que Ábalos prestó el pasado 12 de diciembre, "viniendo a negar, en sustancia, la percepción de cantidad económica alguna como consecuencia de la adjudicación de los referidos contratos concertados para la adquisición de determinado material sanitario". "No se aviene con los indicios ya mencionados y que se concretan en diferentes documentos y declaraciones con las que se ha contado, hasta el momento, en el curso de la investigación realizada", apunta el juez.

Además, considera "indiciariamente justificado" que, "al menos, Ábalos pudiera haberse beneficiado económicamente con el pago, por parte del señor Aldama o de personas terceras por él interpuestas, de los alquileres de la vivienda en la que residía quien fuera entonces la pareja sentimental de Ábalos; así como también que podría haber concertado, previa compra realizada por una empresa tercera a indicación del señor De Aldama, el alquiler con opción a compra de un chalet en la costa; y obtenido también del señor Aldama un contrato de alquiler con opción de compra de un piso de unos 250 metros cuadrados en el Paseo de la Castellana de Madrid, contrato en el que se fijaba un precio de venta (750.000 euros), para el caso de que se ejercitara la opción, aparentemente muy inferior al de mercado".