El Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión urgente de las dos órdenes del ministerio de Hacienda que han supuesto la intervención de las finanzas de la Generalitat. La sala del contencioso administrativo ha descartado la petición de suspensión cautelarísima solicitada por Podemos porque considera que no se han acreditado las circunstancias de especial urgencia exigidas por la ley para adoptar una medida de este tipo (que se llevaría a cabo sin escuchar las partes y en 48 horas). También cree que no se dan las situaciones irreversibles alegadas por esta formación política.
Además, el tribunal recuerda que los recursos de la Generalitat contra las dos órdenes no se ha pedido la suspensión por la vía de urgencia. Por todo eso, rechaza la suspensión express pero acuerda que se tramite como una petición de medidas cautelares ordinarias, la cual sí requiere la audiencia de las partes.
El grupo de Podemos en el Senado presentó este martes un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo para pedir la suspensión cautelar de las órdenes del gobierno español para intervenir las cuentas de la Generalitat. Según los senadores del grupo, las órdenes vulneran la ley de estabilidad presupuestaria y también el derecho a participación política recogido en la Constitución.
Los senadores denunciaron que el gobierno español "ha suspendido de facto" la autonomía de Catalunya y ha aplicado el artículo 155 de la Constitución "por la puerta de atrás". Por otra parte, la semana pasada el Tribunal Supremo admitió a trámite el recurso que presentó a la Generalitat contra la orden de Hacienda para controlar las finanzas.