La Sala III del contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha denegado la medida cautelar solicitada por la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas (ACM) para que quedara en suspenso la supresión del Patronato Catalunya Món (Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya) (Diplocat), acordada por Real Decreto del Gobierno el 27 de octubre de 2017, mientras se resuelve el recurso que esta asociación presentó al Supremo.
El auto del Supremo, que no entra a valorar si suspende el Diplocat definitivamente, destaca que "no concurre ninguna de las circunstancias que permiten una medida de suspensión cautelar como la reclamada".
El escrito analiza "si efectivamente, como argumenta la asociación, hay riesgo que, de no tomar la medida cautelar, se cree una situación de imposible o muy difícil reversión". Y concluye que "ni la imagen de la Administración catalana, ni los proyectos, iniciativas y expectativas del Diplocat sufrirán un perjuicio irreversible como consecuencia del mantenimiento de la efectividad de las disposiciones recurridas si, finalmente, fueran estimadas las pretensiones de la ACM. La misma sentencia estimatoria repararía el perjuicio que hubiera podido sufrir la imagen de las administraciones catalanas y la confianza en ellas de los administrados y de los destinatarios de las actuaciones del Diplocat".
Añade que "nada impediría, por otra parte, que se reanudaran proyectos e iniciativas y se recuperaran las expectativas y, por supuesto, tampoco habría obstáculos no solo para que los trabajadores del Diplocat volvieran a prestarle sus servicios sino para que" fueran "resarcidos". Por eso, entiende que ningún elemento de irreversibilidad se ha puesto de manifiesto.
Además el Supremo recuerda que tanto el Real Decreto 945/2017 como la Orden del Ministerio de Asuntos Exteriors AEC / 1229/2017 se han dictado en virtud de la constatación por el Senado de las circunstancias previstas por el artículo 155 de la Constitución. "Es decir, forman parte de las medidas que con la aprobación de esta Cámara ha dictado el Gobierno para afrontar la situación creada por el incumplimiento por parte de la Generalitat de Catalunya de sus obligaciones constitucionales y por haber atentado gravemente contra el interés general", añaden.