Nuevo (pequeño) paso del recorrido de la ley de amnistía en el Tribunal Constitucional. Ahora, de mero trámite. El TC ha aprobado trasladar la abstención de Juan Carlos Campo a todos los procedimientos sobre la amnistía, después de que hace dos semanas lo aprobara por unanimidad en el caso concreto de la deliberación de la cuestión de inconstitucionalidad presentada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. En este caso, la decisión ha tenido tres votos particulares, los de Enrique Arnaldo, José María Macías i Concepción Espejel. De esta forma, el exministro de Justicia queda apartado de todos los debates sobre los recursos de la norma del olvido penal: de las cuestiones de inconstitucionalidad de los tribunales, del recurso del PP y de los catorce recursos de las comunidades autónomas. Es una petición que hizo él mismo a principios de septiembre aduciendo que era ministro de Justicia en 2021, cuando el Gobierno indultó a los presos políticos.

El ponente de esta decisión ha sido el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, que se ha limitado a “trasladar al pleno la propuesta del mismo Campo en sus términos literales”, según informan fuentes del TC. Las mismas voces apuntan que el objetivo del Constitucional es “agilizar los trámites” y “evitar que se tengan que resolver una a una las abstenciones en plenos sucesivos”. “El procedimiento es lo mismo que se ha seguido en casos anteriores”, concluyen desde el tribunal de garantías.

Juan Carlos Campo fue ministro de Justicia entre enero de 2020 y julio de 2021 y firmó los informes sobre los indultos a los presos políticos. Allí, esgrimía que, “a diferencia de la amnistía, claramente inconstitucional, que se reclama desde algunos sectores independentistas, el indulto no hace desaparecer el delito”. Campo ya se abstuvo sobre la amnistía el pasado mes de noviembre, mucho antes de que la ley fuera aprobada, en un recurso de amparo presentado por un particular sobre la admisión de la proposición de ley en el Congreso de los Diputados.

El PP y ocho gobiernos autonómicos han reprobado a Juan Carlos Campo, Cándido Conde-Pumpido y Laura Díez

De hecho, Juan Carlos Campo es uno de los tres magistrados que han recusado tanto el PP como algunos gobiernos autonómicos en sus recursos de inconstitucionalidad. Aparte del exministro de Justicia, también señalan a Cándido Conde-Pumpido (que fue fiscal general del Estado con José Luis Rodríguez Zapatero en la Moncloa) y Laura Díez (exdirectora general de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica). Con el objetivo de conseguir una mayoría conservadora en el TC, han pedido que se aparten el PP, la Comunidad de Madrid, la Junta de Andalucía, la Xunta de Galicia, la Generalitat Valenciana, la Junta de Castilla y León, el gobierno de Cantabria y gobierno de las Islas Baleares. Sin embargo, esta maniobra tiene pocas posibilidades de prosperar.

La Fiscalía y la Abogacía del Estado recusan a José María Macías

El pleno de este martes tenía que ser, en un principio, el que debatiera y aprobara la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad que presentó el Partido Popular contra la amnistía. Sin embargo, fuentes del TC indican a ElNacional.cat que tenía errores formales y que hubo que pedir a Génova que los enmendara. Por este motivo, el recurso del PP empezará su recorrido el mes de octubre.

En este sentido, la Fiscalía General del Estado y la Abogacía del Estado han recusado a José María Macías, el ponente del recurso del PP, que ha criticado públicamente la norma en más de una ocasión. De momento, el Ministerio Fiscal quiere que no participe en la deliberación y decisión sobre la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo porque en su etapa como vocal del Consejo General del Poder Judicial “participó directamente, contribuyendo y dándoles apoyo con su voto favorable”, en dos actuaciones institucionales en las que el CGPJ “se pronunció de manera oficial y pública” sobre la norma del olvido penal con una “crítica demoledora ampliamente basada en consideraciones de inconstitucionalidad”. Para Álvaro García Ortiz, los dos pronunciamientos eran una “reiterada exteriorización de una corriente de pensamiento radicalmente contraria” a la amnistía que comportaban una “extensa, razonada, reiterada, detallada y categórica valoración de la ley”. En la misma línea, el abogado del Estado considera que José María Macías tuvo un “extenso conocimiento del litigio cuando era un cargo público” y se formó “opinión junto con el resto de vocales que entonces conformaban el órgano de gobierno de los jueces en detrimento de la debida imparcialidad”.

El TC estudia si las comunidades autónomas están legitimadas para recurrir la amnistía

Mientras tanto, el Tribunal Constitucional sigue analizando si las comunidades autónomas están legitimadas para recurrir una ley de naturaleza penal. Los letrados del Constitucional tienen que elaborar un informe estudiando esta cuestión y Laura Díez, la ponente del recurso de las Corts de Aragón (que fue el primero a ser registrado), será la encargada de presentar una propuesta al pleno, que lo tendrá que aprobar. Fuentes del TC consultadas por este medio indicaban hace unos días que “no se ha suspendido nada” y que “todo sigue su curso” y alegaban que lo que se está haciendo es “analizar una serie de requisitos” por admitir o no los recursos presentados, en un proceso por el que no hay un calendario establecido y que tiene unos plazos “difíciles de calcular”. La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional reconoce en los gobiernos y en los parlamentos autonómicos a recurrir las leyes del Estado que “puedan afectar a su propio ámbito de autonomía” y eso es lo que está analizando el TC.