Nueva victoria en el camino de la ley de amnistía en el Tribunal Constitucional. El TC ha hecho lo que estaba previsto y ha extendido la recusación del magistrado conservador José María Macías a todas las deliberaciones sobre la norma del olvido penal. Hace quince días, lo decidió en la cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Tribunal Supremo y ahora lo amplía en el resto de recursos que tiene sobre la mesa: el del PP, los dieciséis de las comunidades autónomas (doce gobiernos del PP, Castilla-La Mancha y tres parlamentos autonómicos) y las cuestiones de inconstitucionalidad del TSJC. De esta forma, se refuerza la mayoría progresista del tribunal que decidirá sobre la constitucionalidad de la amnistía: estará compuesto por seis magistrados progresistas y cuatro conservadores. El Constitucional concluyó que, como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), donde estaba antes de ser nombrado magistrado del TC a propuesta de la mayoría absoluta del PP en el Senado, José María Macías pudo “tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad” y participó “directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito y causa”.

📝 El Constitucional aparta de los debates sobre la amnistía José María Macías, crítico con la ley

👤 José María Macías, el amigo de Llarena que equiparó procés y fascismo y que el TC ha apartado de la amnistía

 

“Hay identidad entre las cuestiones planteadas por el Tribunal Supremo y las analizadas por el informe de legalidad [a instancias del Senado] en el que participó”, esgrimió el Constitucional, que añadió que estas cuestiones fueron “objeto de una detallada y profundo análisis jurídico constitucional” en el informe del CGPJ y que hay una “clara proximidad temporal” (solo pasaron cuatro meses) entre la emisión del informe y el recurso del Supremo. “Todas estas circunstancias revelan objetivamente una toma de posición jurídica previa sobre el objeto del procés constitucional que, con independencia de cuál sea su orientación, justifica la estimación de los motivos de recusación”, remachó. Igual que en aquel momento, los otros cuatro magistrados conservadores, Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa, han anunciado votos particulares.

La decisión del TC llega a raíz de la recusación que presentó Fiscalía General del Estado argumentando que, como vocal del CGPJ, participó en una “reiterada exteriorización de una corriente de pensamiento radicalmente contrario” a la norma del olvido penal a través de dos pronunciamientos “oficiales y públicos” que contenían una “crítica demoledora basada en consideraciones de inconstitucionalidad”. Se refería a una declaración institucional antes de conocerse su redactado y a un informe elaborado a petición de la mayoría absoluta del PP en el Senado. Hace dos meses el TC rechazó por prematura la recusación que había planteado la Abogacía del Estado contra Macías. Previamente, el exministro Juan Carlos Campo se abstuvo de todas las deliberaciones y el pleno del TC rechazó las recusaciones promovidas por el PP contra Cándido Conde-Pumpido y Laura Díez.

“Una extensa, razonada, reiterada, detallada y categórica valoración de la ley”

En un escrito firmado por Álvaro García Ortiz, el principal argumento que la Fiscalía General del Estado puso sobre la mesa para justificar la recusación fue que José María Macías intervino en la “deliberación, defensa y aprobación” de dos pronunciamientos públicos del CGPJ muy críticos con la amnistía. El Ministerio Fiscal justificó que no eran “meras manifestaciones aisladas”, sino que representaban una “reiterada exteriorización de una corriente de pensamiento radicalmente contrario” a la norma y suponían una “extensa, razonada, reiterada, detallada y categórica valoración de la ley”.

Eso llevó a la Fiscalía a considerar que había una “sospecha legítima de inclinación hacia un criterio preestablecido” o, como mínimo, “circunstancias generadoras de una justificada percepción externa de esta predisposición”, cosa que, en su opinión, afecta a su imagen de imparcialidad. Asimismo, la Fiscalía creía que la participación de Macías en estos dos posicionamientos hizo que se formara una serie “criterios profusamente detallados y precisos” sobre la “práctica totalidad” de los argumentos que planteó el Supremo. Consiguientemente, es difícil “eludir” la “inevitable imagen de formación de un sólido prejuicio” sobre las dudas sometidas en la jurisdicción constitucional.

Una ley que implica una “perversión del régimen constitucional” y que “vulnera” la separación de poderes

José María Macías ha quedado definitivamente apartado de todos los debates sobre la amnistía por dos pronunciamientos “oficiales y públicos” del CGPJ, caducado y dividido, que contenían una “crítica demoledora” contra la ley. Por una parte, la declaración institucional del 6 de noviembre, antes de conocerse el redactado de la norma, mostró la “preocupación y desolación intensa” por la “degradación” que supondría una amnistía y señaló que “utilizar una ley singular para invadir competencias propias del Poder Judicial como medio de negociación política” constituía una “perversión del régimen constitucional”. Por otra parte, el informe que aprobó el CGPJ en marzo concluyó que la amnistía “socava” el derecho a la igualdad, “vulnera” la separación de poderes y no justifica su adecuación a “todos los valores, principios y condiciones” de la Constitución.

Puigdemont, Comín y Ponsatí recusaron a José María Macías de los recursos de amparo sobre el 1-O

Por su parte, Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí han pedido al TC que aparte a José María Macías de los recursos de amparo por la causa del 1-O. En su caso, sostuvieron que Macías ha perdido la imparcialidad exigible a un juez porque los “ha comparado con los nazis”, se ha definido como “amigo del juez Llarena” y mantiene una “guerra abierta” contra la amnistía. Así, por ejemplo, Macías criticó públicamente la ley en dos entrevistas, definiéndola como algo “insólito en la democracia española” y asegurando que “busca el interés de Sánchez”.