El Tribunal Constitucional (TC) ha hecho valer la mayoría progresista – siete a favor y cuatro en contra - para avalar la ley del aborto y rechazar el recurso que el Partido Popular (PP) interpuso en el 2010. Según fuentes del tribunal, el redactor de la ponencia, el magistrado conservador Enrique Arnaldo, ha rechazado redactar el nuevo texto de acuerdo a los argumentos de la mayoría. Ahora el pleno ha decidido que la vicepresidenta progresista Inmaculada Montalbán redacte la nueva resolución, que dará por buena la norma que aprobó José Luis Rodríguez Zapatero incluyendo el sistema de plazos.
De esta manera, el TC apuesta para que, con el nueve se redactado, se dejen intactos los derechos de las mujeres y se avale totalmente la ley de 2010, que ahora se está reformando gracias a una iniciativa de la ministra de Igualdad, Irene Montero. Según apunta la Cadena SER, la mayoría ha rechazado el texto de Arnaldo, vinculado al Partido Popular, porque incluye frases extraídas de otras sentencias que se acercan al argumentario antiabortista. Como por ejemplo que "la interrupción del embarazo no es un derecho exclusivo de la mujer" o que "la vida empieza con la gestación".
La ponencia retirada de Arnaldo sobre el sistema de plazos
El proyecto de sentencia de Arnaldo blindaba casi toda la ley del aborto, avalaba la implantación del sistema de plazos, y tan solo planteaba la inconstitucionalidad del artículo 17 porque consideraba que no garantizaba suficientemente que hubiera un consentimiento informado previo por parte de la mujer que interrumpe el embarazo. Ahora bien, el borrador no se pronunciaba sobre los artículos relativos al aborto en menores de edad, que es el aspecto que modificó el gobierno del PP en el 2015.
Según la ley de Zapatero, un embarazo se puede interrumpir libremente durante las primeras 14 semanas siempre que se informe a la solicitante de los derechos, prestaciones y ayudas de apoyo a la maternidad. Se tienen que esperar tres días desde el momento en que se entrega la documentación hasta que se procede al aborto. Entre las 14 y las 22 semanas el aborto está permitido previo diagnóstico médico que se justifique en base a malformaciones con el feto o enfermedad grave del embarazada. A partir de las 22 semanas solo se puede permitir la interrupción cuando haya anomalías incompatibles con la vida o se detecte una enfermedad grave o incurable en el momento del diagnóstico.
Una semana de obstáculos
El recurso, paralizado desde hace 13 años por la división instalada en el TC, ha saltado varios obstáculos esta semana. Este miércoles el pleno rechazó que quedaran apartados cuatro magistrados que participaron durante la tramitación de la norma, cosa que les permite tener el cuórum mínimo para hacer una deliberación. Dijeron 'no' a las recusaciones contra el presidente Cándido Conde-Pumpido y Juan Carlos Campo, Inmaculada Montalbán y Concepción Espejel por falta de legitimidad de los cinco exdiputados que lo propusieron, entre ellos el exministro Frederico Trillo.
La sesión plenaria arrancó el martes e impidió que, de entrada, la conservadora Espejel se abstuviera en la discusión. Ella misma lo había pedido porque era miembro del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que emitió un informe sobre la ley aprobada por el gobierno de Zapatero. El TC consideró que podía tomar parte de ello porque ya "hace más de 12 años" que el CGPJ redactó aquel texto jurídico que, según detalló, no supuso la aprobación de ningún dictamen y que su contenido no se envió al Gobierno.