Segunda recusación promovida por el Partido Popular para apartar a un magistrado de las deliberaciones del Tribunal Constitucional sobre la ley de amnistía rechazada. En esta ocasión, ha sido la que presentaron Génova y ocho gobiernos autonómicos contra Laura Díez, que podrá participar en todos los debates sobre la norma del olvido penal. Concepción Espejel ha votado en contra, pero está de acuerdo en que no concurría la causa de recusación, y Enrique Arnaldo ha protestado por la composición del tribunal. Laura Díez es magistrada del TC desde enero de 2023, cuando fue nombrada a propuesta del Gobierno. Previamente, había trabajado en la Moncloa durante cuatro años: entre 2020 y 2022 como directora general de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Corts y Memoria Democrática, encabezado por Carmen Calvo, y de 2018 a 2020 como directora del Gabinete del secretario de Estado de Relaciones con las Cortes. Antes había sido asesora del Govern de la Generalitat para la reforma del Estatut. Justo hace quince días, el TC también cerró la puerta a la recusación contra el presidente del Tribunal de Garantías, Cándido Conde-Pumpido. Quien sí que ha quedado fuera de esta cuestión es Juan Carlos Campo, que se apartó voluntariamente porque, como ministro de Justicia, autorizó los indultos a los presos políticos y consideró que una amnistía era “claramente inconstitucional”.

🔎 Empieza la batalla de recusaciones en el Tribunal Constitucional por la ley de amnistía

👤 Laura Díez, la nueva magistrada catalana del TC que trabajó por la reforma del Estatut

 

El auto considera que “ninguno de los argumentos examinados alcanza a constituir siquiera un principio de prueba de la falta de apariencia de imparcialidad que se alega, sin que sea admisible esgrimir diversas causas de recusación sin argumentar mínimamente las razones por las que se estiman concurrentes”. El PP sustentaba la recusación en la “vinculación” de Laura Díez con el PSC y el PSOE, en un artículo de prensa, en la “dependencia” que tenía respecto presidente del Gobierno y del ministro de la Presidencia cuando trabajaba en la Moncloa y una “posible intervención” en los indultos a los presos políticos.

Sin embargo, el TC rechaza de cuajo este razonamiento: “No se apela a una intervención acreditada y definida de la recusada, sino a la suposición de que debió intervenir en la fijación del criterio del Ministerio de la Presidencia, y no se alude a una actuación en relación con la constitucionalidad de la ley de amnistía”. “Se trata de un discurso que se asienta en circunstancias hipotéticas, sobre actuaciones desconectadas del objeto del recurso de inconstitucionalidad, que no puede acreditar ninguno de los motivos de pérdida de la imparcialidad a los que los recurrentes los anudan”, remacha. El Pleno también recuerda que la doctrina del Constitucional fija que una “eventual afinidad ideológica no es en ningún caso factor que mengüe la imparcialidad para juzgar los asuntos que debe decidir y no constituye por sí sola causa de recusación”.

El PP tendrá “muchas dificultades” para entender que la decisión del TC la tomen “personas independientes”

Hace semanas, el líder del PP, Alberto Núñez Feijóoavisó de que si no prosperaban las recusaciones, los populares tendrían “muchas dificultades para entender” que el futuro veredicto del TC sea dictado por “personas independientes” y denunció que el actual Constitucional es el que tiene “más sospechas de parcialidad”. Asimismo, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, justificó las recusaciones impulsadas por el PP por la “pública y notoria vinculación” de los magistrados con el PSOE. En total, se han presentado 54 recusaciones para apartar a cuatro magistrados: 27 contra los progresistas Cándido Conde-Pumpido, Laura Díez y Juan Carlos Campo y 27 contra el conservador José María Macías. Es un récord en la historia del Tribunal de Garantías. Los magistrados progresistas fueron recusados en nueve recursos de inconstitucionalidad: el del PP y el de los gobiernos autonómicos de Madrid, Galicia, Andalucía, el País Valencià, Castilla y León, Cantabria, Extremadura y las Islas Baleares. Y Macías, por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado.

Laura Díez, la magistrada que estudia si las comunidades autónomas están legitimadas para recurrir la amnistía al TC

Laura Díez, como ponente del recurso de inconstitucionalidad que presentaron las Cortes de Aragón (el primero registrado por una institución autonómica), está siendo la encargada de estudiar, de la mano de los letrados del Constitucional, si las comunidades autónomas están legitimadas para recurrir una ley de naturaleza penal. La Ley Orgánica del Tribunal Constitución especifica que las autonomías solo pueden recurrir las leyes del Estado que “puedan afectar a su propio ámbito de autonomía” y ahora se está analizando si la ley de amnistía responde a esta previsión. Hace un mes, fuentes del TC consultadas por ElNacional.cat alegaron que lo que se está haciendo es “analizar una serie de requisitos” para admitir o no los recursos presentados y dejaron claro que, con este gesto, “no se suspendía nada” y “todo seguía su curso”. El recurso que estudia Díez será la “cabecera de la cuestión” y, por lo tanto, la decisión que apruebe el pleno en este caso acarreará el resto de recursos: los once gobiernos autonómicos del PP, la Junta de Castilla-La Mancha (presidida por el socialista Emiliano García-Page) y tres parlamentos autonómicos.

El año pasado, Laura Díez fue noticia cuando rechazó el recurso del PSOE por el recuento del voto nulo del 23-J y se apartó de la sentencia del 25%. En el primer caso, alineándose con el criterio de la Fiscalía, se opuso a la petición de los socialistas de recontar los 30.000 votos nulos de la Comunidad de Madrid de las elecciones generales del 23 de julio. En el segundo caso, el pleno aceptó su abstención del recurso de Vox contra el decreto del gobierno catalán que esquivaba la aplicación del 25% de castellano en las aulas catalanas porque cuando formaba parte del Consell de Garanties Estatutàries había redactado un dictamen sobre la ley catalana.

El TC rechazó hace quince días la recusación contra Cándido Conde-Pumpido

Hace dos semanas, el Constitucional cerró la puerta a la recusación de Cándido Conde-Pumpido. Y hoy ha aplicado esta doctrina a las recusaciones presentadas por los gobiernos autonómicos. El TC argumentó que, aunque en 2021 aceptó su abstención en todos los recursos de amparo derivados de la sentencia del Supremo contra los líderes del procés (por haber expresado su opinión sobre el independentismo en una conferencia en 2017), ahora las causas que motivaron apartarlo en aquel momento “no coinciden con el enjuiciamiento constitucional de una ley penal que no existía a la hora de suscitarse la abstención”. Esgrimió que las “manifestaciones controvertidas” de 2017 “no se referían al problema constitucional suscitado ahora” y concluyó que, “ni por el objeto y el contenido impugnatorio de los procesos constitucionales ni por el origen fáctico de la abstención” es “posible apreciar” la conexión que denunciaba el PP, cosa que “evidencia su falta de fundamento y determina su inadmisión a trámite”.