Una sentencia del Tribunal Constitucional puede crear un precedente jurídico de ahora en adelante. Este órgano ha declarado que la "libertad de expresión no ampara utilizar las redes sociales para llamar asesino a un torero". En este caso, añade, además, "a las pocas horas de morir" la persona. Así pues, se basa en la condena que recibió la concejala de Guanyem Catarroja, Datxu Peris, por un escrito en Facebook sobre la muerte del torero Víctor Barrio el año 2017. Por sus palabras, Peris tuvo que pagar una multa de 7.000 euros en base a la "intromisión ilegítima" al derecho al honor del difunto. La concejala lo recurrió y el TC también le ha tumbado el recurso de amparo.

En concreto, esta concejala escribió sobre Barrio en las redes sociales: "Podemos tratar de ver el aspecto positivo de las noticias para no sufrir tanto... Ya ha dejado de matar. El negativo, entre otros, claramente, es que a lo largo de su carrera ha matado demasiado. Demasiado de los de mi equipo que, como digo siempre, es el de los oprimidos, los que siempre pierden porque tienen a todos los opresores en contra, porque tienen el partido amañado. Ahora, los opresores han tenido una baja, una víctima más, un peón de su sistema, y me pregunto, como muchos, cuántas bajas más".

Captura de facebook de la concejala valenciana

¿Cómo lo justifica el TC?

La sentencia, de la cual ha estado poniente el magistrado Santiago Martínez-Vares, subraya que, vistas las circunstancias del caso, "las expresiones utilizadas por la recurrente ampara se evidencia como innecesarias, desproporcionadas, así como faltos de anclaje en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión". Y añade: "Para defender públicamente sus posiciones antitaurinas no era necesario calificar en la red social de asesino o de opresor a Victor Barrio y mostrar alivio por su muerte. Menos todavía hacerlo acompañando el texto con una fotografía en que se mostraba al torero malherido, con evidentes muestras de dolor, y realizar esta publicación a las pocas horas de morir a consecuencia de esta corrida en la plaza de toros de Teruel, ocasionando con eso un dolor añadido que ya tenían sus familiares".

Por otra parte, el TC sitúa dos conceptos como la raíz de que esta publicación en Facebook fuera inadmisible: "asesino" y "miembro del grupo de opresores" ya que lo considera una injerencia al derecho al honor, su reputación personal y una "denigración de su prestigio y actividad profesional". Y más allá del caso concreto, el Constitucional acaba lanzando una firme defensa por la tauromaquia: "La profesión a la cual se dedicaba el señor Barrio es, hoy por hoy, lícita y, por lo tanto, no resulta posible dirigir expresiones injuriosas a los que lo ejercen por este solo hecho, siendo claramente vejatoria la expresión asesino para dirigirse a un torero, por el solo hecho de serlo, aunque no se comparta su actividad".

Una de las primeras que ha celebrado la decisión del TC ha sido la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso: "Todo mi apoyo a la familia de Víctor Barrio". Con respecto a la concejala Datxu Peris, todavía no se ha pronunciado.

Tuit de Isabel Díaz Ayuso que aplaude la decisión del TC

Foto de portada: imagen de recurso del torero Octavio Chacón en Logroño