La división se ensancha. El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado hoy, por seis votos a favor y tres en contra, el recurso de amparo presentado por el exvicepresident y líder de ERC, Oriol Junqueras, y el exconseller de Afers Exteriors, Raül Romeva, condenados por el Supremo a 13 y 12 años de prisión, respectivamente, por un delito de sedición en concurso con uno de malversación de fondos para promover el procés independentista de Catalunya. El magistrado Ramón Sáez Valcarcel, que se ha incorporado recientemente al TC (propuesto por el PSOE), ha hecho un voto particular, junto con el vicepresidente Juan Antonio Xiol y la magistrada María Luisa Balaguer, que hace meses ya expresaron que la condena de los Jordis, Rull y Turull, era "desproporcionada". El tribunal informa de que hasta mañana no hará pública la resolución, una práctica demasiado habitual. El jueves también detallará la respuesta a los recursos presentados por los exconsellers Dolors Bassa y Joaquim Forn, los últimos de los once condenados que quedan.
El Tribunal Constitucional informa que mañana también hará público un informe "extenso y explicativo" sobre el contenido de todas las sentencias que resuelven los recursos de amparo interpuestos por los líderes políticos y sociales catalanes, condenados por el Tribunal Supremo el 14 de octubre de 2019. En la deliberación de los casos de Junqueras y Romeva se detalla que se han abstenido los magistrados Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido al ser recusados por los políticos.
Votos
Los nueve presos políticos denunciaron en distintas ocasiones que el Tribunal Constitucional no resolvía sus recursos para taponarles ir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Finalmente, resolvieron el primer recurso el abril pasado, en el que la mayoría desestimaba el amparo al exconseller Jordi Turull. Los magistrados Xiol y Balaguer ya expresaron, en un voto particular, que el exconseller Jordi Turull, condenado a 12 años de prisión por sedición, tuvo una condena "desproporcionada" por parte del alto tribunal español, y confrontavan directamente sus argumentos con los del resto del tribunal que desestimó el recurso de Turull y que da por buena la sentencia del Tribunal Supremo. La misma votación se repitió con el exconseller Josep Rull, en mayo del 2021, y en junio dio la respuesta negativa, ha los entonces presidentes de Òmnium, Jordi Cuixart, y de la ANC, Jordi Sànchez.
En concreto, en el caso de Turull los dos magistrados consideraban que el Tribunal Constitucional "tendría que haber estimado su recurso de amparo por vulneración del derecho a la legalidad sancionadora, en relación con los derechos a la libertad personal, a la libertad ideológica y de reunión. En cambio, la sentencia del TC rechazaba todas y cada una de las quejas del recurrente referidas a la vulneración de sus derechos fundamentales. El TC afirmaba que no se ha dado un "trato peyorativo a las defensas", ya que lo que denuncia Turull en su recurso "carece de relevancia para la fijación de los hechos, en los cuales se sustenta la condena del recurrente, por lo cual resultan manifiestamente insuficientes para fundar la existencia de un supuesto trato desfavorable".
En el caso de los Jordis, los dos magistrados del voto particular afirmaban que se ha dado una respuesta penal "severa" ante el ejercicio del derecho fundamental de reunión y se ha provocado "un indeseado efecto de desánimo en ellos". Añadían que se habría podido hacer un juicio diferente, "más de acuerdo con una interpretación evolucionada y concordante con la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos". El tribunal de Estrasburgo ya admitió a trámite los primeros recursos de los catalanes. Un derecho clave que reivindican es la vulneración al juez predeterminado por la ley, ya que sostienen que los tenía que juzgar el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) y no el Supremo. El verano pasado, el Gobierno indultó a los nueve presos políticos.