Novedades en el camino de la ley de amnistía en el Tribunal Constitucional. Según ha podido saber ElNacional.cat, el TC tiene previsto admitir a trámite los quince recursos de inconstitucionalidad que han presentado las comunidades autónomas contra la norma del olvido penal. La han recurrido las once comunidades autónomas presididas por el PP, Castilla-La Mancha (del socialista Emiliano García-Page) y tres parlamentos donde el PP y Vox tienen mayoría absoluta. A mediados de septiembre, ante la excepcionalidad de la cuestión, y a petición del presidente, Cándido Conde-Pumpido, el Tribunal de Garantías decidió constituir una comisión de letrados para estudiar si las comunidades podían recurrir una ley penal aprobada en las Cortes Generales. Ahora, después de estudiarlo, los letrados han concluido que sí que tienen legitimidad y la propuesta que se elevará al pleno de la próxima semana será la de admitir los recursos. “Tradicionalmente, el TC ha tenido tendencia a ser muy flexible en la admisión de los recursos de las comunidades autónomas”, argumentan fuentes del Constitucional consultadas por este medio. “El criterio siempre ha sido de mucha flexibilidad y se sigue este criterio”, añaden. Una vez se admitan a trámite, el TC tendrá que estudiar a fondo la cuestión para concluir si la amnistía encaja o no en la Constitución. Es decir, la semana que viene se limitará a aceptar los recursos para poderlos analizar. De momento, el Constitucional ha admitido la cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Tribunal Supremo y el recurso impulsado por el Partido Popular.

📝 Cascada de recursos al TC de los gobiernos autonómicos del PP (y de Page) contra la ley de amnistía

📝 Segunda ofensiva de las autonomías del PP contra la ley de amnistía en el TC

 

Concretamente, el pleno que empieza el martes que viene, 3 de diciembre, estudiará la admisión a trámite del recurso que presentaron las Cortes de Aragón contra la amnistía. Fue el primero que se registró, así que ejerce de cabecera y la decisión que se tome en este caso arrastrará al resto de recursos. La ponente es la progresista Laura Díez. Las fuentes del TC consultadas por ElNacional.cat relatan que si el Constitucional considera que una comunidad autónoma puede para presentar el recurso, se admitirán posteriormente todos los recursos con “independencia de los argumentos” de cada caso. “Cuando dices que hay una legitimidad de las comunidades porque hay unos intereses en el caso, no puedes decir que otra comunidad no tiene legitimidad”, sostienen las mismas voces, que también apuntan que es posible que haya un “pronunciamiento expreso” en la sentencia sobre la admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad.

¿Por qué dudaba el Tribunal Constitucional sobre la admisión a trámite de los recursos? Básicamente, porque no tenía claro que los gobiernos y los parlamentos autonómicos tengan capacidad de recurrir la ley de amnistía. La legislación no es tajante y puede dar pie a diferentes interpretaciones. Por un lado, el artículo 162 de la Constitución deja claro que los “órganos colegiados ejecutivos de las comunidades autónomas y, si procede, las asambleas de las mismas” están “legitimados” para interponer un recurso de inconstitucionalidad. Ahora bien, la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en el artículo 32, delimita que las autonomías pueden recurrir las leyes del Estado que “puedan afectar a su propio ámbito de autonomía”. Y eso es lo que estaba encima de la mesa: decidir si la ley de amnistía afecta al ámbito de autonomía de las comunidades y, por lo tanto, las autonomías tienen capacidad para recurrir. Finalmente, el TC se decanta por responder que sí

¿Qué otros recursos de las comunidades autónomas tiene el TC encima de la mesa?

En total, son quince. En primer lugar, están las once comunidades gobernadas por el PP en solitario: el gobierno de la Comunidad de Madrid, la Junta de Andalucía, el gobierno de Aragón, el gobierno de la Región de Murcia, la Xunta de Galicia, la Generalitat Valenciana, la Junta de Castilla y León, el gobierno de La Rioja, la Junta de Extremadura, el gobierno de Cantabria y el gobierno de las Illes Balears. En segundo lugar, el gobierno de Castilla-La Mancha, presidida por Emiliano García-Page, uno de los barones más críticos con Pedro Sánchez. Finalmente, tres parlamentos autonómicos donde el PP y Vox tienen mayoría absoluta: las Cortes de Aragón, el Parlamento de Cantabria y la Asamblea Regional de Murcia.

Feijóo pidió al TC que no “censurara” el “derecho legítimo” de las autonomías a recurrir la amnistía

Hace dos meses y medio, el PP puso la venda antes de la herida. El líder de los populares, Alberto Núñez Feijóo, esgrimió que inadmitir los recursos de inconstitucionalidad de las comunidades autónomas sería una “arbitrariedad extraordinaria, solo comparable con la misma arbitrariedad de la amnistía”. “Espero que no haya censura a las comunidades para que puedan ejercer sus derechos legítimos de representar el Estado y los intereses de los ciudadanos de su comunidad”, argumentó. Feijóo justificó que los presidentes autonómicos “tienen que salvaguardar los intereses del Estado en su ámbito territorial” como “representantes ordinarios del Estado” (que es la expresión que figura en todos los estatutos de autonomía) y apuntó que la amnistía “atenta contra el derecho a la igualdad de los ciudadanos que viven al conjunto de la comunidad y del Estado”. “Claro que afecta a las comunidades autónomas”, remachó.

El TC también estudiará la cuestión de inconstitucionalidad del TSJC y la recusación de Macías impulsada por la Fiscalía

En el pleno de la semana que viene, el TC estudiará dos cuestiones más vinculadas con la amnistía. Por una parte, con toda probabilidad admitirá la cuestión de inconstitucionalidad que presentó el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en el marco de las causas contra el presidente Quim Torra, el exdiputado de la CUP Pau Juvillà y del exconseller y exalcalde de ERC Bernat Solé. Las tres quedaron paralizadas. El TSJC reprobaba la “insolvencia” del “grueso argumental usado por el legislador al atribuirse la legitimación de amnistiar dentro del orden constitucional de 1978” y esgrimía que la ley “menoscaba la seguridad jurídica y el principio de igualdad ante la ley” y “rompe la separación de poderes y el principio de reserva jurisdiccional”. Asimismo, consideraba que la norma del olvido penal “no es razonable” (dado que solo “puede explicarse en términos de mera aritmética parlamentaria proyectada sobre un debate de investidura”), “no es proporcional” (porque a muchos de los líderes políticos se les podría indultar) y “no es adecuada” a su finalidad (ante la “persistencia de actores políticos en la segregación unilateral, prohibida en el texto constitucional”).

Por otra parte, el TC también estudiará la recusación que promovió la Fiscalía General del Estado contra José María Macías. El Ministerio Público argumentó que Macías, como vocal del Consejo General del Poder Judicial, intervino en la “deliberación, defensa y aprobación” de dos pronunciamientos institucionales “oficiales y públicos” sobre la norma que contenían una “crítica demoledora ampliamente basada en consideraciones de inconstitucionalidad”. La Fiscalía sostuvo que no eran “meras manifestaciones aisladas”, sino que constituían una “reiterada exteriorización de una corriente de pensamiento radicalmente contraria” a la amnistía y comportaban una “extensa, razonada, reiterada, detallada y categórica valoración de la ley”.