El próximo martes, 6 de octubre, el pleno del Tribunal Constitucional abordará el recurso de amparo que esta mañana ha presentado el president de la Generalitat, Quim Torra, sobre su inhabilitación por el Tribunal Supremo.

El mismo presidente del Tribunal Constitucional ha puesto en el orden del día del pleno la resolución de Torra.

El Tribunal Supremo confirmó ayer la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya con la que inhabilita durante un año y medio a Quim Torra para ejercer cualquier cargo político. La condena incluye una multa de 30.000 euros. Los extremos de cómo se ejecuta la pena se debatirán en una vista que se ha convocado para el 5 de octubre, una día antes del pleno del TC, en el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya que se ordenó ayer junto con la ejecución de la sentencia.

La justicia, más rápida que nunca

La resolución del TC es el paso previo para llevar el caso de la inhabilitación de Torra a Europa. Y la máquina judicial va más rápido que nunca. Sólo 10 días para resolver el recurso, y menos de dos horas para hacer efectiva la inhabilitación. Y en menos de 24 horas, el Tribunal Constitucional ya tiene sobre la mesa el estudio de una inhabilitación histórica que ha dejado Catalunya huérfana de presidente.

Quien va más lento es el Gobierno, que todavía no ha publicado el cese de Quim Torra en el BOE y que, por lo tanto, frena los trámites de la Generalitat para dar poder al vicepresident Pere Aragonès y la reorganización del ejecutivo hasta que se convoquen elecciones y haya un nuevo Govern.

 

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Reunión de Govern después de la inhabilitación / Sergi Alcàzar

¿Qué tiene que resolver el TC?

El abogado del president Quim Torra, Gonzalo Boye, ha presentado esta mañana un escrito de 438 páginas, donde afirma que todo el proceso judicial ha tenido una "intencionalidad política manifiesta" con "el objetivo de derrocar el president de la Generalitat y su Govern por medios no democráticos y sólo aparentemente legales", cosa que considera un "verdadero fraude constitucional".

En el escrito se reiteran los argumentos ya presentados tanto delante del TSJC como del Tribunal Supremo. Así, Gonzalo Boye alega que se ha vulnerado la inviolabilidad parlamentaria, el derecho a la libertad de expresión e ideológica y a la representación política de su cliente. Además, considera desproporcionada la condena por unos hechos que no ve delictivos.

La defensa considera que la Junta Electoral Central no era competente para dar la orden al president Torra de retirar la pancarta del balcón del Palau de la Generalitat y "construir un delito de desobediencia", sino que sólo podía sancionarlo administrativamente o comunicarlo a un órgano judicial penal. Por eso, cree que Torra no podía prever esta respuesta judicial penal a sus actos, agravada por "el imprevisible cambio jurisprudencial". De hecho, el recurso recuerda que Torra ya fue multado administrativamente por la JEC por los mismos hechos y afirma que la inhabilitación para todo tipo de cargo público o incluso a presentarse a las elecciones es anticonstitucional.