El juicio al procés sigue su curso sin obstáculos. Reunido este miércoles, el pleno del Tribunal Constitucional ha denegado por unanimidad el recurso de amparo que habían presentado a los presos políticos Josep Rull y Jordi Turull, que pedían suspender la vista oral por la falta de imparcialidad del tribunal. El recurso llegó después de que las peticiones de recusación de algunos miembros de la sala de lo penal no fueran aceptadas.
En su recurso, presentado el pasado 6 de novembre, Rull y Turull solicitaban la suspensión de la tramitación de la causa especial, con el objetivo de evitar graves perjuicios durante el juicio oral. El motivo era la presencia de cuatro magistrados que consideraban que no cumplían con las exigencias de imparcialidad que recoge el artículo 24 de la Constitución sobre el derecho a la tutela judicial efectiva.
Los exconsellers pidieron apartar de la causa al presidente del tribunal, Manuel Marchena, y a los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo y Luciano Varela por su proximidad al instructor Pablo Llarena. Argumentaban la necesidad de "distancia" entre la instrucción y el enjuiciamiento. Otros encausados, como Jordi Cuixart, pidieron la recusación de toda la sala segunda del Supremo. La sala 61, presidida por Carlos Lesmes, lo rechazó en dos ocasiones.
En su auto, que deniega la petición de suspensión, el Tribunal Constitucional señala que es doctrina que "el perjuicio, para que sea irreparable, tiene que ser real y actual, sin que sea posible alegar un daño futuro o hipotético o un simple temor", como considera que es el caso. En este sentido, el pleno del TC asegura que el único perjuicio alegado por Rull y Turull es el riesgo de ser condenados a una larga pena de prisión por parte de magistrados imparciales. "El perjuicio alegado es futuro e hipotético, ya que se fundamenta en un hecho incierto, como es un pronunciamiento condenatorio", insiste el alto tribunal.