El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desestimado este jueves el recurso de casación presentado por el exvicepresident de la Generalitat y líder de ERC, Oriol Junqueras, por el auto que le negó medidas cautelares contra la decisión del Parlamento Europeo de declarar vacante su escaño en la Eurocámara y que rechazó también medidas urgentes para proteger su inmunidad parlamentaria.
En el auto comunicado este jueves, la vicepresidenta del Tribunal Europeo, Rosario Silva de Lapuerta, considera que el Parlamento Europeo no resulta competente para poner en cuestión la regularidad de la vacante del escaño derivada de la anulación del mandato, una decisión que deriva de la aplicación del derecho nacional por las autoridades nacionales.
El tribunal con sede en Luxemburgo afirma que no corresponde al Parlamento Europeo comprobar el respeto del procedimiento previsto por el derecho nacional en la materia, ya que esta facultad corresponde "exclusivamente a los órganos jurisdiccionales nacionales competentes".
Tampoco le corresponde comprobar la conformidad con el derecho de la Unión, añade el acto, porque también esta cuestión corresponde a los órganos nacionales.
Los argumentos del TJUE
Como encargada de los recursos sobre cautelares, la vicepresidenta del TJUE y magistrada española, Rosario Silva de Lapuerta, ha denegado devolver el escaño cautelarmente a Junqueras porque considera que la anulación del mandato es una decisión "exclusivamente" de las autoridades españolas y que la Eurocámara no tiene nada que decir.
El TJUE argumenta que la cámara europea estaba "obligada a tomar nota" de la decisión del Supremo y que no tenía ningún poder para devolver el escaño a Junqueras, ya que no podía cuestionar la aplicación del derecho europeo por parte de los tribunales españoles.
"No le correspondía a esta institución controlar la regularidad del procedimiento (...) con respecto al derecho de la Unión Europea", defiende Lapuerta. Además, asegura que, incluso en caso de que se esté vulnerando la decisión europea que reconocía la inmunidad de Junqueras durante el proceso judicial del 1-O, no se le puede "reprochar" a la Eurocámara haber infringido el derecho europeo aceptando la retirada del escaño porque no tenía margen de maniobra.
El TJUE recuerda a Junqueras que si quiere hacer valer sus derechos por el escaño europeo, tiene que recurrir el caso a España. De hecho, el líder de ERC está pendiente del recurso de súplica ante el Supremo.
Por este procedimiento de cautelares, el TJUE ha condenado a Junqueras a pagar sus costas y las del Parlamento Europeo, mientras que España, presente en el caso, tendrá que pagar las suyas. A pesar de la denegación de cautelares, el Tribunal General de la UE todavía tiene pendiente resolver sobre el fondo del caso, que también podrá ser impugnado ante el TJUE.