El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha recordado esta mañana a través de su cuenta oficial en las redes que el 19 de diciembre de 2019 dictaminó que una persona escogida en las urnas adquiere el estatus de diputado del Parlamento Europeo en el momento en que se hace la declaración oficial de los resultados y que disfruta "a partir de aquel momento de la inmunidad asociada a este estatus". El TJUE hace este recordatorio el mismo día que el Tribunal Supremo ha decidido revocar el tercer grado penitenciario a los presos políticos.
Las elecciones europeas se celebraron el 26 de mayo, cuando Junqueras y el resto de líderes del procés eran juzgados en el Tribunal Supremo. La sentencia se conoció el mes de octubre, mientras Junqueras y el resto de líderes independentistas escogidos batallaban por su escaño.
On 19th December 2019, #ECJ ruled that a person elected to the #EP acquires the status of MEP at the time of the official declaration of the results and enjoys, from that time, the immunities attached to that status #Junqueras @junqueras #CURIA68 pic.twitter.com/v0EP4ZEIit
— EU Court of Justice (@EUCourtPress) December 4, 2020
Cuando se hizo pública la decisión del TJUE a raíz de unas cuestiones prejudiciales de la defensa de Junqueras, el tribunal ya había sentenciado y el líder republicano ya había sido inhabilitado. No obstante, aquella sentencia abrió la puerta del hemiciclo a Carles Puigdemont y Toni Comín. Posteriormente se añadió Clara Ponsatí a raíz de la marcha de los diputados británicos.
El Parlamento Europeo declaró entonces que el escaño de Junqueras quedaba vacante. El mes de marzo el Tribunal General de la UE desestimó medidas cautelares para que el presidente de ERC pudiera asumir el escaño y el mes de octubre de este año el TJUE rechazó definitivamente que ocupara el escaño argumentando que es cada Estado el que decide sobre la aplicación del procedimiento electoral.
El tuit del TJUE se ha publicado después de que esta mañana el Tribunal Supremo ha dictado la revocación del tercer grado a los presos políticos y ha denegado también los permisos para trabajar fuera del centro penitenciario a través del artículo 100.2. El alto tribunal ha argumentado falta de conexión con un proceso de reinserción.